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Publicar
Por 5 días en el diario de publicaciones legales y uno o mas diarios del lugar. Debe indicar:
+Clase y ubicación del negocio
+Nombre y domicilio del vendedor y del comprador
+Nombre y domicilio del rematador y escribano -
Entregar
Se entrega al comprador una nota firmada con:
+Detalle créditos adeudados
+Nombre y domicilio de los acreedores
+Monto de los créditos adeudados
+Fechas de vencimientos -
Oposiciones
Tendrán 10 días los acreedores para notificar su oposición, notificación que deberá curarse al comprador en el domicilio denunciado, o al rematador o escribano que intervino, reclamando la retención del importe de su crédito y el deposito de las sumas contenidas. -
Embargo
Desde la notificación de la oposición a la transferencia, tendrá 20 días para trabar el embargo judicial. De lo contrario, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en las cuentas. -
Otorgamiento de los documentos de transferencia
El documento podrá firmarse después de 10 días desde la ultima publicación, siempre y cuando no haya oposición de parte de los acreedores. -
Efectos frente a terceros
Para producirlos deberá:
+Extenderse por escrito
+Inscribirse en el registro publico, dentro de los 10 días de su otorgamiento.