Transferencia de un Fondo de Comercio

  • 1 CE

    Publicación de la transferencia

    Se debe publicar por un plazo de 5 (cinco) días hábiles en el diario de publicaciones legales (Boletín oficial) y en uno o más diarios de circulación del lugar donde funciona el establecimiento, informando en él los siguientes datos del establecimiento:
    * La Clase y Ubicación del Negocio.
    * El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
    * El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen.
  • 2

    Documentación a entregar al presunto comprador

    Se debe entregar una nota que contenga los siguientes datos:
    * Detalle de los créditos adeudados.
    * Nombre y domicilio de los acreedores.
    * Monto de los créditos adeudados.
    * Fechas de vencimiento (si las hay).
  • 3

    Oposiciones

    Desde la última publicación realizada los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia ante al presunto comprador en el domicilio denunciado, o al al rematador o escribano que intervenga reclamando la retención
    del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas en el banco correspondiente.
  • 4

    Otorgamiento del Documento de Transferencia

    Solo se podrá firmar después de transcurridos 10 días
    desde la última publicación realizada, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores, y siempre y cuando se hubiera realizado las correspondientes retenciones y depósitos si existiese oposición por los acreedores.
  • 5

    Actitud del presunto comprador ante las oposiciones

    Recibida la notificación del acreedor de que se trate, se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho monto en cuenta judicial, en el banco correspondiente.
  • 6

    Embargo de Oposición

    Desde la notificación de oposición a la transferencia el acreedor tendrá un plazo de 20 días para trabar embargo judicial, vencido este plazo y no realizado el embargo judicial el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.