TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO ley n° 11.687

  • 1- Publicar el aviso.

    Se publica el aviso por 5 días en el diario de publicaciones legales. -La clase y ubicación del negocio
    -El nombre y Domicilio del vendedor y del comprador
    - El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos invierten
  • 2-Entregar al comprador

    se le entrega al comprador una nota firmada que contiene al menos.
    -Detalles de los Creditos adeudados
    -Nombre y domicilio de los acreedores
    -Monto de los creditos adeudados
    - Fechas de vencimiento (si las hay )
  • 3-Oposiciones

    Los acreedores tienen 10 días para notificar la oposición de transferencia, la notificación debe presentarse en el domicilio del comprador, al rematador o martillero. El comprador recibida la notificacion del acreedor se oblida a retener el importe correspondiente a su credito y a depositar dicho monto en su cuenta judicial.
  • 4- Embargo

    Desde la notificacion del acreedor a la ransferencia del fondo de comercio, el acreedor tiene 20 dias para trabar embargo judicial. Si el acreedor no traba el embargo transcurrido los 20 dias el depositante podra retirar ñas sumas depositadas en la cuenta
  • 5-Otorgamiento del Documento de transferencia

    El documento podrá firmarse después de transcurrido 10 días desde la ultima publicación realizada.
    Siempre que no exista oposición de los acreedores y si existe se realicen las correspondientes retenciones y depósitos