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TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • LEY 11867

    LEY 11867
    NO TRAE UNA DEFINICIÓN DE FONDO DE COMERCIO, SINO UNA LISTA DE ELEMENTOS QUE LA COMPONEN
    LA DOCTRINA SOSTIENE QUE PUEDE SER DEFINIDO COMO EL CONJUNTO DE FUERZAS PRODUCTIVAS, DERECHOS Y COSAS QUE TANTO INTERIOR COMO EXTERIORMENTE SE PRESENTAN COMO UN ORGANISMO CON PERFECTA UNIDAD PARA LOS FINES A LOS QUE TIENDE QUE NO SON MAS QUE LA OBTENCIÓN DE BENEFICIOS
  • ELEMENTOS DEL FONDO DE COMERCIO

    ELEMENTOS DEL FONDO DE COMERCIO
    LAS INSTALACIONES, EXISTENCIAS EN MERCADERÍAS, NOMBRE Y ENSEÑA COMERCIAL, CLIENTELA, DERECHO AL LOCAL, PATENTES DE INVERCION, MARCAS DE FABRICA, DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES, DISTINCIONES HONORIFICAS Y TODOS LOS DERECHOS DERIVADOS DE LA PROPIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL O ARTÍSTICA
  • CLASIFICACION DE LOS ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL FONDO DE COMERCIO

    CLASIFICACION DE LOS ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL FONDO DE COMERCIO
    SE LO PUEDE CLASIFICAR EN ELEMENTOS MATERIALES O ELEMENTOS INMATERIALES.
    COMO ELEMENTOS MATERIALES TENEMOS: INSTALACIONES, MAQUINARIAS , MERCADERIAS, ETC.
    COMO ELEMENTOS INMATERIALES TENEMOS: NOMBRE COMERCIAL, ENSEÑA COMERCIAL, MARCA, PATENTES Y CLIENTELA
  • AMBITO DE APLICACION

    AMBITO DE APLICACION
    APLICA A TODA TRANSMISIÓN (VENTA O CUALQUIER OTRO TITULO ONEROSO O GRATUITO, BIEN SE TRATE DE ENAJENACIÓN DIRECTA Y PRIVADA O EN PUBLICO REMATE) DE UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL O INDUSTRIAL
  • PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA: SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS

    PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA: SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS
    1) PUBLICAR EN EL DIARIO POR 5 DÍAS (EN UNO O MAS) INDICANDO CLASE Y UBICACIÓN DEL NEGOCIO, NOMBRE Y DOMICILIO DEL VENDEDOR Y DEL COMPRADOR, NOMBRE Y DOMICILIO DEL REMATADOR Y DEL ESCRIBANO.
    2) EL VENDEDOR DEBERÁ ENTREGAR UNA NOTA FIRMADA QUE CONTENGA: DETALLE DE CRÉDITOS ADEUDADOS, NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS ACREEDORES, MONTO DE LOS CRÉDITOS ADEUDADOS, FECHA DE VENCIMIENTO.
    3)LOS ACREEDORES TENDRÁN 10 DÍAS PARA NOTIFICAR SU OPOSICIÓN A LA OPERACIÓN Y DEBERA HACERLO EN EL DOMICILIO DEL VENDEDOR
  • PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA: SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS

    PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA: SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS
    2) EL VENDEDOR DEBERÁ ENTREGAR UNA NOTA FIRMADA QUE CONTENGA: DETALLE DE CRÉDITOS ADEUDADOS, NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS ACREEDORES, MONTO DE LOS CRÉDITOS ADEUDADOS, FECHA DE VENCIMIENTO.
    3)LOS ACREEDORES TENDRÁN 10 DÍAS PARA NOTIFICAR SU OPOSICIÓN A LA OPERACIÓN Y DEBERA HACERLO EN EL DOMICILIO DEL VENDEDOR O DEL ESCRIBANO
  • PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA: SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS

    PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA: SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS
    4) DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA OPOSICIÓN EL ACREEDOR TENDRÁ 20 DÍAS PARA TRABAR EMBARGO JUDICIAL, TRANSCURRIDO EL PLAZO EL DEPOSITANTE PODRÁ RETIRAR LAS SUMAS DEPOSITADAS EN LA CTA.
    5) EL DOCUMENTO DE TRANSMISIÓN SOLO PODRÁ FIRMARSE DESPUÉS DE 10 DÍAS DESDE LA ULTIMA PUBLICACIÓN REALIZADA Y SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTA OPOSICIÓN DE PARTE DE LOS ACREEDORES O, EXISTIENDO OPOSICIÓN SE HUBIERA REALIZADO LAS CORRESPONDIENTES RETENCIONES Y DEPÓSITOS.
  • CONDICIONES DE TRANSFERENCIA Y CONSECUENCIAS DE SU INCUMPLIMIENTO

    CONDICIONES DE TRANSFERENCIA Y CONSECUENCIAS DE SU INCUMPLIMIENTO
    QUE LA TRANSFERENCIA, EN NINGÚN CASO, SE EFECTUÉ POR UN PRECIO INFERIOR AL DE LOS CRÉDITOS CONSTITUTIVOS DEL PASIVO CONFESADO POR EL VENDEDOR, MAS EL IMPORTE DE LOS CRÉDITOS NO CONFESADOS POR EL VENDEDOR, PERO CUYOS TITULARES HUBIERAN HECHO OPOSICIÓN, SALVO CONFORMIDAD UNÁNIME DE TODOS LOS ACREEDORES
    LA OMISION O TRANSGRESION A LO ESTABLECIDO HARÁN SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE AL COMPRADOR, AL VENDEDOR Y AL MARTILLERO O ESCRIBANO POR EL IMPORTE DE LOS CRÉDITOS IMPAGOS.