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Presentación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del caso: Josè Merino vs el Gobierno de Mèxico.
Bajo el influjo de drogas, policías que laboran en el municipio de Naucalpan, ejercieron violencia en contra del C. José Merino, su esposa e hijos quienes se encontraban vendiendo café, como resultado la esposa e hijos del C. Merino perdieron la vida y el fue privado de su libertad sin cargo alguno, a la fecha continua detenido esperando la revisión de su caso, por lo que un abogado le sugiere presentar su caso ante la CIDH y le expone el procedimiento a seguir y su duración. -
Recepción de una petición o comunicación.
En caso de violación de los derechos que consagra la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), la Comisión atiende la solicitud en un plazo razonable, en casos graves y urgentes con la presentación de una petición o comunicación que reúna todos los requisitos formales de admisibilidad. -
Reconocimiento de la admisibilidad de la petición o comunicación
La Comisión solicitará informaciones al Gobierno del Estado al cual pertenezca la autoridad señalada como responsable de la violación alegada. -
Verificaciòn de la existencia y/o subsistencia de los motivos de la petición o comunicación.
Se determina una vez que se recibe la información o que transcurrido el plazo establecido. En caso de que no exista o subsista el motivo, la Comisión envía el expediente al archivo. -
Declaración de la inadmisibilidad o improcedencia de la petición o comunicación.
Se determina sobre la base de una información o prueba sobrevinientes. -
Aplicaciòn del examen del asunto planteado en la petición o comunicación
Se realiza pleno conocimiento de las partes con el propósito de comprobar los hechos y en caso de ser necesario, se efectúa una investigación. -
Solicitud de información pertinente.
Los Estados interesados aportan a la Comisión información verbal o escrita. -
Solución amistosa.
Fundamentado en una relación de respeto, las partes interesadas pueden llegar a la misma, tomando en consideración los derechos humanos reconocidos en la CADH. En caso positivo, la Comisión redactará un informe con una breve exposición de los hechos y de la solución lograda que será transmitido al peticionario y a los Estados Partes, en caso negativo se redactará un informe con la exposición de los hechos, conclusiones y recomendaciones. -
Resolución de la Corte.
Deberá conocerse en un plazo máximo de tres meses a partir de la remisión del informe a los Estados interesados, en caso de no recibir respuesta, la Comisión podrá emitir, por mayoría absoluta de votos de sus miembros, su opinión y conclusiones sobre la cuestión sometida a su consideración.