SENTENSIAS

  • C168 DE 1995

  • C 083 DE 1995 ANALOGIA

    C 083 DE 1995 ANALOGIA
    Discernir los aspectos relevantes de los irrelevantes implica, desde luego, un esfuerzo interpretativo que en nada difiere del que ordinariamente tiene que realizar el juez para determinar si un caso particular es o no subsumible en una norma de carácter general. La analogía no constituye una fuente autónoma, diferente de la legislación.
  • C 083 DE 1995 ANALOGIA

    C 083 DE 1995 ANALOGIA
    La analogía es la aplicación de la ley a situaciones no contempladas expresamente en ella, pero que sólo difieren de las que sí lo están en aspectos jurídicamente irrelevantes, es decir, ajenos a aquéllos que explican y fundamentan la ratio juris o razón de ser de la norma. La consagración positiva de la analogía halla su justificación en el principio de igualdad, base a la vez de la justicia, pues, en función de ésta, los seres y las situaciones iguales deben recibir un tratamiento igual.
  • C 083 DE 1995 ANALOGIA

    C 083 DE 1995 ANALOGIA
    Por medio de la sentencia C-224 de 1994, el artículo 13 de la ley153 de 1887 fue declarado exequible y por consiguiente hizo transito a cosa juzgada, por lo tanto la Corte se concentrará únicamente en la constitucionalidad del articulo 8 de la misma ley.
    El argumento del demandante es: Según el artículo 230 de la Constitución Política de Colombia, el juez está sometido únicamente al imperio de la ley
  • C 584 DE 1997

    C 584 DE 1997
    La Decisión C-584 de 1997 es una decisión tomada por la Corte Constitucional de Colombia. Esta decisión declaró inexequible el artículo 15 del Decreto 247 de 1997, el cual establecía que los cargos de los empleados de la administración se calcularan sobre el total de los ingresos obtenidos por cada entidad.
    La Corte Constitucional argumentó que este artículo violaba los principios de la función administrativa, la igualdad y la eficacia administrativa.
  • C 619 DE 2001

  • C 763 DE 2002

  • C 3014 DE 2004

  • C 857 DE 2005

  • C 932 DE 2006 PROMULGACION

  • SU 309 2015

  • C 284 DE 2015