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Reformas Constitucionales desde el 2008

  • Reforma del 18 de junio de 2008

    Reforma del 18 de junio de 2008
    Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por medio del cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones específicas en la Constitución Política de los Estados Mexicanos, en materia de seguridad y justicia en 10 artículos,7 de los cuales son en materia penal, uno sobre facultades del Congreso de la Unión, uno sobre desarrollo municipal y el ultimo en materia laboral, reconociendo su importancia en cambio sustancial dentro del sistema penal que actualmente opera en México
  • Ley general en materia de secuestro

    Ley general en materia de secuestro
    DECRETO por el que se reforma el párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Faculta al Congreso para expedir una ley general en materia de secuestro.
  • Reforma Laboral

    Reforma Laboral
    DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Incorpora las bases para regular las remuneraciones que perciban los servidores públicos de la Federación, de los estados, del Distrito Federal y de los municipios. Determina que ningún servidor público podrá recibir remuneración mayor a la establecida para el Presidente de la República.
  • Facultades al congreso

    Facultades al congreso
    DECRETO por el que se adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Faculta al Congreso para expedir las leyes que regulen las acciones colectivas.
  • Reforma en materia de Amparo

    Reforma en materia de Amparo
    Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Reforma integral en materia de juicio de amparo.
  • Reforma Articulo 73

    Reforma Articulo 73
    Se reforman los párrafos sexto y séptimo del artículo 4o. y se adiciona la fracción XXIX/P al artículo 73
    Eleva a rango constitucional el interés superior y derechos de la niñez.Faculta al Congreso para legislar en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
    Se adiciona un párrafo décimo al artículo 4o. y se reforma la fracción XXIX/J del artículo 73
    Eleva a rango constitucional el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte; y faculta al Congreso para legislar en la materia.
  • Libertad de expresión

    Libertad de expresión
    DECRETO por el que se adiciona el párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Faculta a las autoridades federales para conocer de los delitos del fuero común cuando éstos tengan relación con delitos contra periodistas, o que afecten el derecho a la información o las libertades de expresión e imprenta.
  • Nueva Ley de Amparo

    Nueva Ley de Amparo
    Se expide la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política; se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
  • Legislacion penal unica

    Legislacion penal unica
    Se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Faculta al Congreso para expedir la legislación procedimental penal única.
  • Fiscalía General de la República

    Fiscalía General de la República
    Crea la Fiscalía General de la República como órgano constitucional autónomo.
    Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 26, 28, 29, 35, 41, 54, 55, 59, 65, 69, 73, 74, 76, 78, 82, 83, 84, 89, 90, 93, 95, 99, 102, 105, 107, 110, 111, 115, 116, 119 y 122.
  • Código Nacional de Procedimientos Penales

    Código Nacional de Procedimientos Penales
    "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
    SE EXPIDE EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
    Artículo Único.- Se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales.
  • Reforma penal de adolescentes

    Reforma penal de adolescentes
    DECRETO por el que se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Faculta al Congreso para expedir la legislación nacional en materia de justicia penal para adolescentes.
  • Desaparición forzada

    Desaparición forzada
    Se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece la facultad del Congreso para expedir las leyes generales en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  • Miscelánea penal

    Miscelánea penal
    La miscelánea penal que aprobó el Congreso de la Unión modifica más de 230 artículos de 10 ordenamientos legales para armonizarlos con la reforma constitucional de 2008.
    Promueve el uso de la tecnología para atender eficazmente los principios del sistema acusatorio, con el objetivo de volverlo más ágil y eficaz, sin detrimento del control de garantías procesales.
    Permite que durante el desarrollo de todo el proceso penal se puedan utilizar los medios electrónicos.
  • Ley general en materia de Derecho de las victimas

    Ley general en materia de Derecho de las victimas
    Decreto por el que se adiciona la fracción XXIX/X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Faculta al Congreso para expedir la ley general en materia de derechos de las víctimas.
  • Reforma en materia de Justicia Ciudadana

    DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Cotidiana.
    Establece que en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales. Faculta al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar.
  • Fiscalía General de la República

    Fiscalía General de la República
    Adiciona que una vez realizada la declaratoria expresa de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República, la Cámara de Senadores iniciará de forma inmediata el procedimiento para la designación del Fiscal General de la República. Prevé que el Procurador General de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria, continuará en su encargo hasta en tanto el Senado designe al Fiscal General de la República.
  • Extincion de dominio

    Extincion de dominio
    La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delitos contra la salud, secuestro, extorsión,ETC
  • Reforma Laboral 2019

    Reforma Laboral 2019
    La Reforma Laboral, en primera instancia, busca mayor libertad y democracia para los trabajadores en la elección de sus representantes sindicales, al tiempo que aumenta la transparencia y la rendición de cuentas de los sindicatos.
  • Revocación de mandato

    Revocación de mandato
    Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato.
    Nota: Se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116 y 122.
  • Diversidad en disposiciones

    Se declara reformadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Movilidad y Seguridad Vial.
    Incorpora el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad. Faculta al Congreso de la Unión para expedir la Ley General en Materia de Movilidad y Seguridad Vial.
    Nota: Se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 4o., 73, 115 y 122