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Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto

  • CONSTITUCIÓN POLITICA DE 1991

    CONSTITUCIÓN POLITICA DE 1991
    Implementó un nuevo tipo de justicia en Colombia conocida como Justicia comunitaria, que permite que los particulares administren justicia en pro de lograr que las partes involucradas en un conflicto puedan en una primera etapa de intervención resolverlo directamente mediante la conciliación y en una segunda etapa en caso de que no exista un acuerdo solucionar el conflicto mediante un pronunciamiento basado en la equidad.
  • CONCILIACIÓN EN EQUIDAD

    CONCILIACIÓN EN EQUIDAD
    Mecanismo alternativo de solución de conflictos por medio del cual las partes involucradas en un conflicto pueden solucionarlo con la ayuda de un tercero denominado conciliador en equidad, que es ajeno al conflicto y su función es propiciar espacios de entendimiento para que las partes de manera amigable y directamente logren acuerdos sobre el conflicto. El conciliador en equidad no resuelve el conflicto esté lo deben resolver las partes.
  • JUECES DE PAZ EN COLOMBIA

    JUECES DE PAZ EN COLOMBIA
    Brinda a la comunidad una alternativa más para que pueda acudir a un particular denominado juez de paz cuya función es ayudar en la solución de conflictos puede ser individual o comunitario, el juez debe tratar que las partes logren el acuerdo del conflicto directamente y en caso de que no lo logren debe resolverlo mediante un fallo que tiene el mismo valor de la sentencia judicial.
  • LEY DE DESCONGESTIÓN DE DESPACHOS JUDICIALES

    LEY DE DESCONGESTIÓN DE DESPACHOS JUDICIALES
    Por medio de la cual por primera vez se consagra la figura de la conciliación extrajudicial en derecho y en equidad. Los tribunales superiores de distrito judicial de jurisdicción ordinaria de las ciudades y los jueces primeros de mayor nivel jerárquico en municipios de Colombia podrán elegir conciliadores en equidad de listas que presenten para su consideración las organizaciones cívicas de los corregimientos y veredas.
  • CASAS DE JUSTICIA EN COLOMBIA

    CASAS DE JUSTICIA EN COLOMBIA
    Se conciben como centros interinstitucionales de orientación, referencia y atención para facilitar el acceso de la población de determinada localidad a servicios de justicia formal y no formal, buscando acercamiento de la justicia al ciudadano y a su vez orientándolo sobre sus derechos, previniendo el delito, luchando contra la impunidad y facilitando el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
  • DECRETO 1818/1998 Estatuto de Mecanismos Alternos

    DECRETO 1818/1998 Estatuto de Mecanismos Alternos
    Denominado Estatuto de mecanismos Alternos de resolución de conflictos, que consagro en el artículo 86 que las autoridades competentes para elegir a los conciliadores en equidad son los tribunales superiores del distrito judicial de jurisdicción ordinaria en las ciudades y los jueces primeros de mayor nivel jerárquico en los otros municipios de Colombia.
  • LEY 446 DE 1998

    LEY 446 DE 1998
    Esta modifico la ley 23 e introdujo los principios de informalidad y celeridad sobre los que se basa la conciliación en equidad y añadió los efectos del acta de cosa juzgada y merito ejecutivo.
  • ART 2 DECRETO 1477 DE 2000

    ART 2 DECRETO 1477 DE 2000
    El cual busca acercar la justicia al ciudadano orientándolo sobre sus derechos, previniendo el delito, luchando contra la impunidad, facilitándole el uso de los servicios de justicia formal y promocionando la utilización de mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
  • PRIMERA CONVOCATORIA PARA NOMBRAMIENTO DE CONCILIADORES EN BARRANQUILLA

    PRIMERA CONVOCATORIA PARA NOMBRAMIENTO DE CONCILIADORES EN BARRANQUILLA
    El Tribunal Superior del Distrito judicial de Barranquilla nombro como conciliadores en equidad para la casa de justicia de Barranquilla a cuarenta y dos líderes comunitarios.
  • CORTE CONSTITUCIONAL SENTENCIA C-59 DE 2005

    CORTE CONSTITUCIONAL SENTENCIA C-59 DE 2005
    Indica que la conciliación en equidad se fundamenta en el artículo 116 de la carta política que permite a las partes habilitar transitoriamente a particulares de la función de administrar justicia para que profieran fallos en equidad.
  • LEY 1395 DE 2010

    LEY 1395 DE 2010
    En la cual se estipula la conciliación en equidad como requisito de procedibilidad para los asuntos de conciliación en el área de civil y familia.
  • REFERENCIAS

    Illera, Santos, M., & García Iragorri, A., & Ramírez Torrado, M. (2012). Justicia de paz y conciliación en equidad: ¿Formas alternativas de resolución de conflictos comunitarios en Barranquilla (Colombia)?. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=85123909012
  • REFERENCIAS

    Higuita, Olaya, G. A. (2010). Una visión cualitativa de la investigación socio jurídica: reflexiones metodológicas respecto a un proyecto de investigación sobre los Jueces de Paz del Oriente antioqueño Revista Virtual Universidad Católica del Norte, núm. 29, (febrero-mayo), pp. [1-16] Fundación Universitaria Católica del Norte. Recuperado de http://www.redalyc.org:9081/articulo.oa?id=194214466006