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Constitución Política.
La constitución política de 1991de Colombia realiza un nuevo tipo de justicia para el país llamándose Justicia Comunitaria, al acceder que los particulares gestionen justicia para que las personas involucraras a un conflicto puedan resolver de forma directa a la conciliación, si los individuos no logran quedar en un acuerdo, se soluciona atreves de un pronunciamiento establecido por su equidad. -
Justicia Alternativa.
Esta justicia esta constituida por los mecanismos alternos de lo cual fueron establecidos en el derecho de 1818 recibiendo el nombre de Estatus Mecanismo Alternos.
Es trascendental destacar que esta justicia a nuestro forma de ver y en el entendido de las figuras que la conforman, por su funcionalidad y manera de implementación, responde a los elementos organizados que definen la justicia comunitaria, tal es el caso de la conciliación en equidad. -
Conciliación en equidad (Primera convocatoria.)
En el año 2004 se hizo la primera convocatoria en la ciudad de Barranquilla donde el tribunal superior eligió a cuarenta y dos lideres comunitarios. -
conciliación en equidad (segunda convocatoria.)
El 28 noviembre del 2005 A través del acuerdo 2627 se realizo la segunda convocatoria en la cual se eligieron cuarenta y siete conciliadores en equidad para la Casa de Justicia en el sur occidente de Barranquilla. -
Jueces de paz.
El 26 de junio de este mismos año se desarrollaron las elecciones de paz y de reconsideración en el distrito en cual fueron elegidos cuarenta y un jueces.
Cuyos jueces empiezan a regir sus funciones con muchas dificultades y pocos recursos para brindar la atención necesaria a las comunidades que lo requerían ya que no contaban con los espacios suficientes para disponer de las casas de justicia ( Casa de justicia del barrio la paz y la casa de justicia de Simón Bolívar de Barranquilla). -
Mecanismos de justicia comunitaria.
En el año 2009 se realizo una encuesta la cual tenia un 95% de confiabilidad, ya que se acudió a los individuos que visitaron las casas de justicia en el ultimo años con fin de presentarse a una audiencia de conciliación o personas que solían llevar documentos para completar asuntos pendientes. -
Ley 1395.
Por ultimo en la ley 1395 del 2010 se estipula
la conciliación en equidad como requisito de procedibilidad para los asuntos susceptibles de conciliación en el área de civil y familia.