Perito judicial

Prueba pericial-Especialización en familia GRUPO F

  • LEY 83 DE 1946 ORGÁNICA DE LA DEFENSA DEL NIÑO.

    LEY 83 DE 1946 ORGÁNICA DE LA DEFENSA DEL NIÑO.
    Por medio de esta ley se consideró al Juez de Menores como un funcionario judicial con requisitos y cualidades especiales, quien debía tener en cuenta al momento del fallo información detallada del hecho, circunstancias actuales, conducta de los padres o cuidadores, ambiente social, enseñanzas y ejemplos sobre las condiciones de índole personal, familiar y social.
    Sin embargo, para este momento no existía un equipo idóneo y con formación técnica para apoyarlo en sus decisiones.
  • LEY 75 DE 1968 POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS SOBRE FILIACIÓN Y SE CREA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

    LEY 75 DE 1968 POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS SOBRE FILIACIÓN Y SE CREA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
    Se creó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar con el objetivo de buscar el bienestar y la estabilidad de la familia colombiana y la protección del menor de edad. Ésta ley le asignó al ICBF la facultad de realizar dictámenes psicosociales en los procesos que se adelantaban en los despachos judiciales a fin de aportar conocimientos técnicos, permitiendo emitir conceptos ecuánimes e imparciales por las autoridades.
    Al Defensor de Familia en esta Ley se le denominó Defensor de familia.
  • DECRETO 1400 DE 1970 POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

    DECRETO 1400 DE 1970 POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
    En el artículo 23 del presente decreto, se establece la procedencia de la peritación, y que sobre un mismo punto no se podrá decretar en el curso del proceso, sino, un dictamen pericial. Cuando el juez considere que no es suficiente el dictamen, ordenará de oficio la practica de otro con distintos peritos, si se trata de una prueba necesaria para su decisión.
    de Procedimiento Civil, C. (1970). Decreto 1400 de 1970. Publicado en el Diario Oficial, (33150).
  • DECRETO 2737 DE 1989 CÓDIGO DEL MENOR

    DECRETO 2737 DE 1989  CÓDIGO DEL MENOR
    Introdujo como organismo de protección del menor y la familia, las Comisarias de Familia de carácter preventivo y policivo conformadas por un Comisario que tiene que ser abogado, un médico, un psicólogo y un trabajador social; dando también cabida a otros profesionales.
    Se definen competencias y funciones de un equipo multidisciplinario enfocado a verificar las relaciones familiares amparándose en la norma y conocimientos profesionales
  • LEY 12 DE 1991 "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 20 DE NOVIEMBRE DE 1989”

    LEY 12 DE 1991 "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 20 DE NOVIEMBRE DE 1989”
    La Convención de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y acogida por Colombia mediante Ley 12 de 1991, establece que todo niño, niña adquiere desde que nace el derecho a un nombre, a adquirir una nacionalidad y en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y ser cuidado por ellos. Es así que por este Tratado a todos los niños, niñas y adolescentes se les reconoce el derecho fundamental a esclarecer su verdadera filiación.
  • DECRETO 1137 DE 1999 "POR EL CUAL SE ORGANIZA EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR FAMILIAR, SE REESTRUCTURA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR”

    DECRETO 1137 DE 1999 "POR EL CUAL SE ORGANIZA EL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR FAMILIAR, SE REESTRUCTURA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR”
    Éste Decreto le dio valor de dictámenes periciales, a los conceptos emitidos por los equipos psicosociales, destacó la importancia del trabajo con otras disciplinas que aportan conocimientos técnicos sobre aspectos que son materia de investigación tanto en Defensorías de Familia como en Juzgados y donde aparecen involucrados niños, niñas y adolescentes. Estableció el bienestar Familiar como un servicio público que se presta a través del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
  • LEY 1098 DE 2006 - CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

    LEY 1098 DE 2006 - CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
    Este código de infancia y adolescencia se centra en la protección integral del menor, la garantía y prevalencia de sus derechos, el reconocimiento del interés superior de los niños y las niñas, y la titularidad.
    En 2002, varias entidades del gobierno nacional, la ONU y ONG´s, se unieron a fin de construir un proyecto de ley integral para la infancia y la adolescencia que permitiera actualizar el Código del Menor vigente desde 1989 y poner a tono la legislación sobre niñez
  • LEY 1564 DE 2012 - CÓDIGO GENERAL DE PROCESO

    LEY 1564 DE 2012 -  CÓDIGO GENERAL DE PROCESO
    La peritación es procedente para verificar hechos que interesen en el proceso y requieran especialmente conocimientos técnicos, científicos y artísticos”, o sea que este medio de prueba para poder ejecutarse debe manifestarse primero que todo un hecho jurídico, es decir el perito, debe poseer unos conocimientos amplios y fundamentado en sus estudios, además conexos a la técnica, al arte y a la ciencia para que se pueda ejecutar una buena experticia
  • LEY 1878 DE 2018 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA LEY 1098 DE 2006, POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.

    LEY 1878 DE 2018 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA LEY 1098 DE 2006, POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.
    Esta nueva ley reformó los trámites administrativos como la conciliación, tramite para la inobservancia de derechos, el proceso administrativo de derechos, los permisos de salida del país, y todo lo referente a las adopciones. Esta ley se convirtió en el desarrollo integral de los menores mediante los programas para mejorar el emprendimiento y a la prevención de hechos como la violencia intrafamiliar y todo tipo de afectación y vulneración contra los derechos fundamentales