Pasos a seguir para concretar una Transferencia de Fondo de Comercio, conforme a la Ley N° 11.687

  • Period: to

    Se deberá publicar un aviso por 5 días en el Boletín Oficial y en uno o mas periódicos del lugar

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá, publicar un aviso, por 5 días, en el diario de publicaciones legales (Boletín Oficial) y en uno o más diarios o periódicos del lugar.
  • Period: to

    Los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia

    Los acreedores dentro de este período pueden reclamar la retención del importe de su crédito y el correspondiente deposito
  • Entregar al presunto comprador una nota que contenga los detalle y monto de los créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores y fechas de vencimiento

  • El documento de transmisión solo podrá firmarse después de los 10 días de la ultima publicación

    Siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o, siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos
  • Period: to

    El acreedor que se ha opuesto, tiene 20 días para trabar embargo judicial

    Si el acreedor no trabase el embargo judicial, transcurridos los 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta
  • Period: to

    Deberá inscribirse en el Registro Publico, dentro de los 10 días de su otorgamiento

    Esto se realiza para que el documento de transferencia produzca efectos frente a terceros. Para ello, además deberá extenderse por escrito