Nuevo rochela

MASACRE DE LA ROCHELA Vs COLOMBIA. Trabajo presentado por HANIA ZAMBRANO

By hania86
  • ANTECEDENTES

    ANTECEDENTES
    Los hechos ocurridos por la masacre en la localidad de la Rochela, cuando quince miembros de una Comisión judicial se dirigían hacia la localidad de "La Rochela”,. Dicho grupo tenía la misión de investigar las ejecuciones cometidas en perjuicio de 19 comerciantes en dicha región. Las personas fueron interceptadas por un grupo paramilitar denominado “Los Masetos”. Ellos dispararon contra los vehículos en los que se encontraban los funcionarios de la comisión judicial.
  • PROCEDIMIENTO DE LA CORTE

    PROCEDIMIENTO DE LA CORTE
    La CIDH presentó la demanda en este caso con el objeto de que la Corte IDH que el Estado es responsable por la violación de los artículo 4,5,8 y 25 de la Convención Americana, en perjuicio de las víctimas fallecidas y sus samiliares
  • COMPETENCIA Y ADMISIBILIDAD

    COMPETENCIA Y ADMISIBILIDAD
    La Corte es competente para conocer el presente caso, en los términos de los artículos 62 y 63.1 de la Convención, en razón de que Colombia es Estado Parte en la Convención Americana desde el 31 de julio de 1973 y reconoció la competencia contenciosa de la Corte el 21 de junio de 1985.
  • JUSTICIA POR LA VIOLACIÓN E LOS DD.HH.

    JUSTICIA POR LA VIOLACIÓN E LOS DD.HH.
    la CIDH sometió ante la Corte la demanda en este caso contra el Estado de Colombia, recibida en la Secretaría de la Comisión el 8 de octubre de 1997. La Corte observa que en el presente caso, el Estado permitió la colaboración y participación de particulares en la realización de ciertas funciones como; patrullaje militar de zonas de orden público, utilizando armas de uso privativo de las fuerzas armadas o en desarrollo de actividades de inteligencia militar.
  • ÓRGANO DE RESUELVE

    ÓRGANO DE RESUELVE
    Corte interamericana de los DD.HH. (CIDH).
    DEMANDADO: Colombia.
    DENUNCIANTE: Comisión interamericana de los DD.HH., de parte de las familias, víctimas de la Rochela
  • DERECHOS VIOLADOS

    DERECHOS VIOLADOS
    Que el Estado violó los derechos expuestos en la demanda. Violación de derechos humanos: CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
    Art. 4- Derecho a la Vida
    Art. 5- Derecho a la Integridad Personal
    Art. 8- Garantías Judiciales
    Art.13- Libertad de Pensamiento y de Expresión
    Art. 25- Protección Judicial
    Todos ellos en conexión con el Art. 1- Obligación de Respetar los Derechos y el Art. 2- Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno.
  • DICTAMEN EMITIDO POR LA CORTE

    DICTAMEN EMITIDO POR LA CORTE
    El Estado violó, en perjuicio de 19 comerciantes y sus familias, como víctimas y violación de sus derechos humanos.
    El Estado debe adoptar medidas para reparar las costas y gastos incurridos en la tramitación del caso a nivel nacional como internacional.
    Que Acepta el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional efectuado por el Estado por los hechos ocurridos el 18 de enero de 1989.