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MARCO JURÍDICO DE LA ADOPCIÓN

  • Declaración sobre los Principios Sociales y Jurídicos Relativos a la Protección y al Bienestar de los Niños, con particular referencia a la Adopción y la Colocación en Hogares de Guarda, en los Planos Nacional e Internacional

    Declaración sobre los Principios Sociales y Jurídicos Relativos a la Protección y al Bienestar de los Niños, con particular referencia a la Adopción y la Colocación en Hogares de Guarda, en los Planos Nacional e Internacional
    En este instrumento jurídico que si bien tiene la pretensión de que debe contarse con principios universales que se observen en los casos en que se inicien procedimientos, ya sea en el plano nacional o internacional, relativos a la adopción de un niño o a su colocación en un hogar de guarda y de que en todos los procedimientos señalados, los intereses del niño deben ser la consideración fundamental
  • Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopciones de Menores

    Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en materia de Adopciones de Menores
    La presente Convención se aplicará a la adopción de menores bajo las formas de adopción plena, legitimación adoptiva y otras instituciones afines, que equiparen al adoptado a la condición de hijo cuya filiación esté legalmente establecida, cuando el adoptante (o adoptantes) tenga su domicilio en un Estado Parte y el adoptado su residencia habitual en otro Estado Parte.
  • . Convención sobre Protección de Menores y Cooperación en Materia de Adopción Internacional (Convención de la Haya)

    . Convención sobre Protección de Menores y Cooperación en Materia de Adopción Internacional (Convención de la Haya)
    Establecer garantías para que las adopciones internacionales tengan lugar en consideración al
    interés superior del niño y al respecto a los derechos fundamentales que le reconoce el Derecho
    Internacional entre otros puntos
  • Reglamento de Adopción de Menores de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia60

    Reglamento de Adopción de Menores de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia60
    A través de este Reglamento se estipula expresamente que pueden ser solicitantes de adopción de un menor: todas aquellas personas que reúnan los requisitos establecidos en las disposiciones legales aplicables en la materia.
  • Reformas al Artículo 1

    Reformas al Artículo 1
    En materia de derechos humanos el goce de éstos cuando estén reconocidos por la propia Constitución y los tratados internacionales de los cuales México es parte.
    Se prevé que serán aplicados los ordenamientos o instrumentos jurídicos que otorguen mayor beneficio al titular del derecho humano. De ahí la importancia de que tienen la aplicación de los tratados internacionales en materia de adopción de los que México es parte.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    En el artículo 4 Se habla de El principio del interés superior del niño o niña,también conocido como el interés superior del menor, es un conjunto de acciones y procesos enfocados en garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible a niñas y niños.