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Datos
Universidad Anáhuac Oaxaca
Ciencias Jurídicas
Derecho constitucional
Julio Eduardo Bizuet
Andrea Carolina Cortés Pérez
00438906
22 Enero de 2023 -
Constitución de 1812
La constitución de Cádiz estaba integrada por diez títulos, subdivididos en capítulos, y con 384 artículos. a. Derechos humanos: No establece Derechos del hombre y del ciudadano, pero sí principios para la convivencia política y social. B. SoberaníaEstableció que la soberanía residirá en la Nación, es decir que esta era libre e independiente C. División de poderes: Existía un poder legislativo (Cortes y rey), ejecutivo (rey) y judicial (tribunales) -
Otras características de la constitución de 1812
D. Sistema representativo: Las cortes eran la reunión de todos los diputados.
E. Sistema federal: Se haría una conveniente división del territorio español por una ley constitucional luego que las circunstancias políticas de la nación lo permitieran
F. Relación Iglesia y Estado: La religión de la nación era y sería perpetuamente la católica apostólica romana, única y verdadera.
G. Defensa Jurídica de la constitución: La constitución establecía que tenía que pasar 8 días para ponerse en práctica -
Constitución de 1814
Conocida como la constitución de Apatzingán, se trataba de una obra de abogados y clérigos sin experiencia, sin conocimientos prácticos del gobierno Derechos humanos: Conservación de los derechos que tienen los nacionales, siendo éste el único fin de las asociaciones políticas. Soberanía: La naturaleza de esta era imprescriptible, inenajenable e indivisible -
Otras características de la constitución de 1814
División de poderes: Poder legislativo (conformado por el supremo congreso general), Ejecutivo (tres individuos nombrados por SCG) y Judicial (STJ y SCG)
Sistema representativo: El ejercicio de la soberanía se daría a través de la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos
Sistema Federal: Habla de 17 provincias, no pueden separase ni enajenarse
Relación iglesia estado: Tendencia religiosa de los insurgentes -
Constitución de 1824
Derechos humanos: Adolece de un capítulo sobre derechos humanos, había más interés en el régimen federal o central. Soberanía: No se aborda de manera clara División de poderes: Poder legislativo (Congreso General formado por diputados y senadores), Ejecutivo (Sistema presidencial de índole parlamentario) y judicial (CSJ) -
Otras características de la constitución de 1824
Derechos humanos: Adolece de un capítulo sobre derechos humanos, había más interés en el régimen federal o central. Soberanía: No se aborda de manera clara División de poderes: Poder legislativo (Congreso General formado por diputados y senadores), Ejecutivo (Sistema presidencial de índole parlamentario) y judicial (CSJ) -
Constitución de 1836
Derechos humanos: Define los conceptos de la nacionalidad y la ciudadanía, además se habla de la pérdida de la nacionalidad. Soberanía: Omite este concepto División de poderes: Se crea el poder conservador a lado de los tres otros poderes En esta constitución se habla de un sistema representativo y federal Relación Estado Iglesia: Sigue sin existir la libertad de culto -
Constitución de 1843
Derechos humanos: Prohibe de manera clara la esclavitud. Los ciudadanos mexicanos son los mayores de 18 años Soberanía: Nación mexicana independiente, libre y soberana. Adoptaba una forma de gobierno representativa y popular El gobierno de los departamentos estaría presidido por asamblea departamentales y por un gobernador Sigue existiendo tolerancia hacia la iglesia -
Constitución de 1847
Derechos humanos: Sugerencia de Mariano Otero, debía contemplar la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano.
Soberanía: No hay claridad
El poder público se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, pero solo podrán realizar todo aquello que la constitución permita e imponga
Incluye la elección directa de diputados, senadores y presidente
Sigue existiendo un gran respeto por la Iglesia -
Constitución de 1857
Los derechos del hombre son el sostén de todo orden jurídico La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. El poder de la federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, nunca podrán reunirse dos o más de estos poderes Sistema representativo y federal No señaló que la única religión sería la católica, empieza a existir tolerancia religiosa -
Constitución de 1917
Derechos humanos: Están contenidos en el capítulo primero que habla sobre las garantías individuales
La soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo
Siguen existiendo los tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial
La elección de diputados era directa y se elegía un diputado propietario
La cámara de senadores está compuesta por dos miembros de cada estado y dos por el CDMX -
Conclusiones
A lo largo de este trabajo, pude identificar la desarrollada evolución de la diversas constituciones mexicanas que actualmente forman parte del ordenamiento jurídico que nos rige y cómo lo que vemos prioritario como lo es la protección de los derechos humanos, fue un tema muy controversial y tardó en establecerse. http://biblio.juridicas.u nam.mx/