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LEYES DE TRABAJO INFANTIL

  • Ley 15 de 1925

    Ley 15 de 1925
    Colocar al menor desprotegido en un establecimiento de educación o beneficencia publica.
  • Convenio Ginebra 1949, articulo 3

    Convenio Ginebra 1949, articulo 3
    Protección especial a los niños, niñas y jóvenes, como personas civiles que no participan en las hostilidades. En el caso de conflicto armado no internacional el niño combatiente capturado se beneficia de la protección reconocida por el Artículo 3º común para todas las personas que no participan, o ya no participan, en las hostilidades.
  • Ley 75 de 1968 del ICBF

    Ley 75 de 1968 del ICBF
    Encargada de la protección preventiva y especial de los menores de edad.
  • Convenio 182 articulo 4 de la OIT

    Convenio 182 articulo 4 de la OIT
    Tomar medidas inmediatas y eficaces para prevenir y eliminar las peores formas de trabajo infantil tales como, esclavitud, reclutamiento forzoso, actividades ilícitas, prostitución que atenten contra la salud, la seguridad o moralidad de los menores de 18 años.
  • Ley 12 de 1991,artículo 38 numerales 2º y 3º

    Ley 12 de 1991,artículo 38 numerales 2º y 3º
    establecer en 18 años la edad mínima para la participación de personas en el conflicto armado, su compromiso es mayor al que exige la Convención.
  • Ley 7 de 1971

    Ley 7 de 1971
    Creó y organizó el Sistema Nacional de Bienestar Familiar; el Decreto 2737 de 1989 ó Código del Menor; la creación de la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia.
  • Ley 2272 de 1989

    Ley 2272 de 1989
    Creación de la Consejería Presidencial para la Mujer, la Juventud y la Familia; y finalmente la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño, aprobada en Colombia mediante Ley 12 de 1991.
  • Decreto 2884 de 1991

    Decreto 2884 de 1991
    Este decreto crea el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para la reinserción de forma general: Programa para la Reinserción PPR.
  • Ley 48 de 1993

    Ley 48 de 1993
    Prioridad para llamar a servicio a los mayores de 18 años antes de requerir a los menores. Siendo elegidos para el servicio militar los menores que han terminado su bachillerato y los mayores de 18 años.
  • Resolución 48/157 de 1994

    Resolución 48/157 de 1994
    Pide a los Estados Miembros que tomen medidas apropiadas y concretas que permitan un mejoramiento global de la situación de los niños, niñas y jóvenes afectados por los conflictos armados.
  • Resolución 2 de la Cruz Roja Internacional

    Resolución 2 de la Cruz Roja Internacional
    Señala la obligación de tomar todas las medidas pertinentes para prestar a los niños, niñas y jóvenes la protección y la asistencia a las que tienen derecho en virtud de la legislación nacional e internacional. Así mismo condena el reclutamiento y el alistamiento de niños, niñas y jóvenes menores de quince años en las fuerzas armadas o en grupos armados.
  • Ley 418 de 1997

    Ley 418 de 1997
    Permitiendo a los menores de 18 años que son elegidos postergar su servicio militar.
  • Ley 679 de 2001

    Ley 679 de 2001
    Dictar medidas de protección contra la explotación, la pornografía, el turismo sexual y demás formas de abuso sexual con menores de edad. Objetivo que se cumplirá a través del establecimiento de normas de carácter preventivo y sancionatorio, y la expedición de otras disposiciones en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.
  • Ley 724 de 2001

    Ley 724 de 2001
    Establécese el Día Nacional de la Niñez y la Recreación, que se celebrará el último día sábado del mes de abril de cada año.
  • Ley 110 de 2001 de Senado

    Ley 110 de 2001 de Senado
    Se aprueba el “Protocolo Facultativo de la Convención Sobre Los Derechos del Niño Relativo a la participación de niños en los conflictos armados”, adoptado en Nueva York, el veinticinco (25) de mayo de dos mil (2000).
  • Decreto 205 articulo 2 de 2003

    Decreto 205 articulo 2 de 2003
    Las funciones del Ministerio de Protección Social para velar por los derechos al trabajo.
  • Ley 1098 de 2006 articulo 35

    Ley 1098 de 2006 articulo 35
    Edad mínima de trabajo para adolescentes es 15 años, en actividades de tipo: artístico, cultural, recreativo y deportivo.
  • Ley 1098 de 2006 articulo 113

    Ley 1098 de 2006 articulo 113
    La autorización para que el adolescente pueda trabajar debe llevar la autorización de los padres y expedida por el defensor de familia, en formulario diligenciado por el adolescente y el empleador.
  • Ley 1098 de 2006 articulo 210

    Ley 1098 de 2006 articulo 210
    Autoridades de inspección, vigilancia y control: Procuraduría y Controlaría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personerías distritales y municipales y sociedad civil organizada.
  • Resolución 1677 de 2008

    Resolución 1677 de 2008
    Las peores formas de trabajo infantil:
    Todas las formas de esclavitud, reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución o producción de pornografia, reclutamientop o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, producción y el trafico de estupefacientes, trabajo que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.