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OCDE
En el marco de la organización para la cooperación y el desarrollo económico se emitió una recomendación que constituyo el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos. https://www.oecd.org/sti/ieconomy/15590267.pdf -
Resolución 45/95
La Organización de las Naciones Unidas emitió el 14 de diciembre de 1990 una lista básica de principios para la protección de datos de aplicación mundial. https://undocs.org/S/%20A/RES/45/95 -
CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA
Se elevó la protección de Datos personales al rango de derecho fundamental http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf -
LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA GUBERNAMENTAL
Fue publicado en el Diario Oficial de la Federación. Los limites al derecho de acceso a la información están señalados de manera expresa en la propia ley y ahí se establece que los datos personales constituyen información confidencial y requieren el consentimiento de los individuos. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lftaipg/LFTAIPG_abro.pdf -
ley federal de protección de datos personales en posesión de los particulares
Promulgada para que los datos personales sean protegidos también por el sector privado. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf -
LINEAMIENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Publicada por el IFAI. considera como obligaciones para los entes públicos federales: obtener el consentimiento, informar los propósitos para tratar los datos personales. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/304930/lineamientos__generales_para_la_protecci_n_de_datos_personales_para_el_sector_p_blico.pdf -
Reformas al articulo 73 Constitucional
Su objeto fue dotar de facultades al Congreso federal parea la Legislación de Datos en Posesión de los Particulares. http://www.diputados.gob.mx/servicios/datorele/cmprtvs/iniciativas/Inic/511/2.htm -
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
Se prevé la necesidad de contar con una Ley Federal que garantice la protección de datos personales en posesión de los particulares. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2019 -
REFORMA AL ARTICULO 6
Señala: la información que se refiere a la vida privada y los datos personales serán protegidos en los términos y las excepciones que establezca la ley. -
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Se une al Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para la aplicacion de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Gubernamental en virtud se establece que en los documentos obtenidos en los expedientes que no sean reservados, se supriman los datos personales de las partes. https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/pagina_transparencia/documento/2016-11/MemoriaSeminarioTransparencia2012.pdf -
REFORMA AL ARTICULO 16
Se adiciona un párrafo con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma. -
REFORMA AL ARTICULO 16 Y 73 CONSTITUCIONAL.
Se reforman los artículos para mejorar sus funciones en relación a la protección de datos.