Lactancia materna legal

  • Convenio 3 sobre la protección de la maternidad

    Establece que las mujeres no podrán trabajar durante seis semanas después del parto y recibirán una indemnización para su manutención y la del niño. Además, podrán abandonar el trabajo antes del parto con un certificado médico y tendrán derecho a dos descansos diarios de media hora para amamantar a su hijo. En caso de enfermedad relacionada con el embarazo, su despido será ilegal durante un tiempo determinado.
  • Convenio 102 sobre seguridad social

    Establece que los países miembros deben garantizar prestaciones de maternidad para las trabajadoras, cubriendo los aspectos del embarazo, el parto y sus consecuencias. Las prestaciones médicas incluyen atención prenatal, durante el parto y puerperal, así como hospitalización cuando sea necesario. Además, se debe garantizar un pago periódico durante la suspensión de ganancias debido al embarazo, con un monto mínimo basado en las disposiciones nacionales.
  • Convenio 103 sobre la protección de la maternidad (revisado)

    revisa el Convenio n. 3 de 1919, relativo a la protección de la maternidad, para contemplar la protección de las mujeres empleadas en empresas industriales y en trabajos no industriales y agrícolas. Desde una perspectiva laboral, pero también sanitaria.
  • Reunión Internacional sobre Alimentación del Lactante y del Niño Pequeño

    El principal objetivo de la reunión fue destacar la importancia de la lactancia materna como el método óptimo para la nutrición de los niños pequeños, debido a los múltiples beneficios tanto para la salud de la madre como del bebé. En este contexto, se abordaron los desafíos globales que representaba la desnutrición infantil y las prácticas de alimentación inadecuadas en muchas partes del mundo.
  • Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna

    Regula la promoción y venta de productos como leches maternizadas y fórmulas infantiles. Su objetivo es proteger y promover la lactancia materna, prohibiendo la publicidad y distribución gratuita de estos productos, exigiendo etiquetados claros con advertencias sobre la lactancia y limitando los obsequios a profesionales de salud. Fomenta políticas públicas que apoyen la lactancia materna y aseguren que los sustitutos solo se usen cuando sea necesario por razones médicas.
  • Programa Nacional de Seguridad Alimentaria Nutricional (PNSAN)

    Secretaria de Salud en Honduras inició la implementación de la Iniciativa Hospital Amigo de la
    Niñez en los hospitales públicos
  • Diez Pasos hacia una feliz lactancia natural

    Directrices que los hospitales y centros de maternidad deben seguir para promover y apoyar la lactancia materna. Incluyen prácticas como educar a las madres sobre la importancia de la lactancia, asegurarse de que los recién nacidos reciban solo leche materna, fomentar la lactancia temprana dentro de la primera hora después del parto, y evitar el uso innecesario de biberones. El objetivo es crear un entorno que apoye activamente a las madres para que logren una lactancia exitosa y saludable.
  • Declaración de Innocenti

    Esta declaración fue un compromiso internacional para proteger, promover y apoyar la lactancia materna, especialmente al rechazar las prácticas de marketing agresivo de los sustitutos de la leche materna, que en ese momento eran muy comunes en muchas naciones.
  • Iniciativa para la Alimentación de los Lactantes y Niños Pequeño

    Creada para mejorar las prácticas alimentarias de los niños en los primeros años de vida, recomendando políticas para apoyar la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida, y una alimentación complementaria adecuada después de esa etapa.
  • Iniciativa "Hospitales Amigos de los Niños"

    Su objetivo es promover la lactancia materna en los hospitales y centros de salud. Deben seguir 10 pasos clave que incluyen, entre otros, informar y capacitar a las madres sobre los beneficios de la lactancia, fomentar el contacto inmediato entre madre e hijo tras el parto, y evitar la distribución de biberones y chupetes. Busca garantizar que los recién nacidos reciban el mejor inicio posible en su alimentación y salud, promoviendo prácticas de atención amigables con la lactancia.
  • Declaración Mundial y Plan de Acción para la Nutrición

    Establece la importancia de promover la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida, como base para una buena nutrición y salud infantil. La declaración subraya la necesidad de crear políticas y programas nacionales que apoyen la lactancia, protejan a las madres de presiones externas (como la comercialización de sucedáneos de la leche materna) y promuevan entornos favorables para amamantar.
  • Objetivos de Desarrollo Sostenible

    A través de la lactancia, se contribuye a la reducción de la pobreza (ODS 1), la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición (ODS 2), y el bienestar de todos a lo largo de la vida (ODS 3). Además, promueve la educación inclusiva y el empoderamiento de las mujeres (ODS 4 y 5), favorece el crecimiento económico sostenible (ODS 8), reduce las desigualdades (ODS 10) y apoya prácticas de consumo y producción responsables (ODS 12).
  • Convenio 183 sobre la protección de la maternidad

    Revisa el de 1952. Tienen derecho a una licencia de maternidad de al menos 14 semanas, con seis semanas obligatorias después del parto. Garantiza la protección de la salud de la madre y el hijo, prohibiendo trabajos peligrosos durante el embarazo y la lactancia. Además, asegura prestaciones económicas adecuadas durante la licencia, no inferiores a dos tercios del salario, y protección contra despidos relacionados con el embarazo o la maternidad.
  • Primer Hospital Amigo del niño en Honduras

    Se acreditó el Hospital Mario Catarino Rivas como el
    primer Hospital Amigo del niño en el país y desde entonces hasta la fecha se han
    certificado 14 Hospitales (58%) de los 24 Hospitales de la red con servicio de maternidad
  • Declaración Innocenti de 2005 sobre la Alimentación de Lactantes y Niños Pequeños

    Es un llamado a la acción para gobiernos, profesionales de la salud y la sociedad para crear un entorno que favorezca la nutrición infantil y promueva la lactancia materna como el estándar ideal para la alimentación de los niños.
  • Ley de Fomento y Protección de la Lactancia Materna en Honduras

    Promueve la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida. Regula la comercialización de productos sustitutos de la leche materna, prohíbe su publicidad en establecimientos de salud y establece sanciones para quienes infrinjan las normativas. Además, impulsa la capacitación del personal de salud y la incorporación del tema en los programas educativos.
  • Reformas de Ley de Protección, Promoción y Apoyo a la Lactancia Materna de Honduras

    (Decreto No. 76-2014), fortaleció la regulación sobre la comercialización y publicidad de productos sustitutos de la leche materna, amplió la protección para las madres lactantes y aumentó las sanciones por infracciones a la ley.