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Declaración Universal de los Derechos Humanos.
A través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reconoce a nivel internacional la protección de datos personales. -
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Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. -
Leyes en Europa.
Los primeros esfuerzos se dieron en Europa, marca la pauta cuando Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y
Luxemburgo aprobaron leyes nacionales para la protección de datos personales. -
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Nuevas Tecnologías.
Tras la aparición de la computadora personal el Consejo de Europa se pronunció sobre la protección de la
intimidad frente a la potencial agresividad de las tecnologías por medio del Convenio 108 para la protección de las personas con el propósito de garantizar a los ciudadanos de los Estados contratantes el respeto de sus derechos y libertades,
en particular, el derecho a la vida privada, condicionándolo con la libre circulación de la información entre los Estados miembros. -
Protección de Datos y la ONU.
La Organización de las Naciones Unidas emitió la Resolución
45/95 que contiene una lista básica de principios para la protección de datos personales de aplicación mundial, como el de exactitud de los mismos, la determinación de su finalidad, su acceso y la no discriminación. -
En lo universal.
Se aprobó la Carta de Derechos Fundamentales de la
Unión Europea en la que se elevó la protección de los datos personales al rango de derecho fundamental Actualmente el Tratado de Lisboa mantiene este reconocimiento al derecho a la intimidad y a la privacidad de las personas como derecho autónomo. -
Ley para México.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para la protección de presupuestos y datos de ciudadanos. En la que Vicente Fox, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos decreta como finalidad garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal. -
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Ley para México.
Por Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, durante su sexenio se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. -
Carta Magna.
Articulo 16 y 73 se reforman.