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Constitución Política de Colombia de 1991
Establece la responsabilidad del Estado para el traslado de los recursos genéticosdentro y fuera del país y por tanto, el Estado es el único autorizado para suministrarlos recursos genéticos -
Declaración de Rio y el Convenio de Diversidad Biológica (CDB) 1992
Fue negociado bajo el auspicio del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y quedó abierto a la firma en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, denominada “Cumbre de la Tierra”, celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992 -
Ley 165 de 1994 en Colombia
Ratificación colombiana de la Declaración de Rio y el Convenio de Diversidad Biológica. Sus objetivos principales son: La conservación de la diversidad biológica.El uso sostenible de sus componentes. El reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos -
Resolución 414 del 22 de julio de 1996
Adopción del modelo referencial de solicitud de acceso a recursos genéticos por parte de la Junta del Acuerdo de Cartagena. Con el fin de autorizar el acceso a recursos genéticos con fines de investigación, prospección biológica, conservación, aplicación industrial o aprovechamiento comercial -
Decisión Andina 391 de la Junta del Acuerdo de Cartagena
Esta decisión resulta por la coalición de cinco países andinos: Colombia, Perú, Venezuela, Panamá y Bolivia, con el propósito de aclarar las dudas expuestas en el Convenio de Diversidad Biológica-CDB, resaltando tres puntos importantes sobre los recursos genéticos, los cuales son inalienables, imprescriptibles e inembargables -
Decisión Andina 486 del 2000
Establece el régimen de propiedad industrial así como el trámite de las solicitudes de patente. Concluyen que la concesión de patentes desarrolladas a partir de recursos biológicos, genéticos y/o conocimientos tradicionales originarios en los países de la Comunidad Andina de Naciones estará supeditada a la adquisición legal de estos -
Decreto 309 de 2000
Reglamenta la investigación científica en diversidad biológica y recalca la obligación de cumplir con las normas de acceso a recursos biológicos y productos derivados -
Octava Conferencia de las Partes (COP 8)
Se llevó a cabo en Curitiba, Brasil, del 27 al 31 de Marzo de 2006; con el objeto de entender el tipo de negociación que se lleva a cabo mundialmente en el marco del Convenio de Diversidad Biológica -
Decreto Ley 3570 de 2011
Define la reestructuración del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en donde además asigna que los trámites correspondientes a contratos de acceso a recursos genéticos o productos derivados, sean manejados por la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos -
Decreto 1376 de 2013
Reglamentación del permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación (no comerciales) -
Protocolo de Negoya de 2014
Establece los lineamientos para lograr una participación justa y equitativa en los beneficios provenientes del acceso de los recursos genéticos. -
Resolución 1348 de 2014
Establece las actividades que configuran acceso a los recursos genéticos y sus derivados, de acuerdo con lo pactado en la Decisión Andina 391. -
Resolución 1352 de 2017
Modificaciones en solicitud de patentes, definiendo con mayor claridad las actividades relacionadas con el recurso genético