Derechopenal 1575498015

HISTORIA DEL DERECHO PENAL EN MÉXICO

  • 1325 BCE

    ÉPOCA PREHISPANICA

    ÉPOCA PREHISPANICA
    ANTES DE HERNÁN CORTÉS
    Rigió hasta antes de la llegada de Hernán Cortés.
    • Como eran varias naciones o pueblos, no existía un Derecho
    unificado, cada Pueblo instituía sus propias reglas.
    • El común denominador del Derecho Penal precortesiano es la
    severidad de las penas, con la constante aplicación de la pena de muerte.
  • 900

    Derecho Penal Tarasco

    Derecho Penal Tarasco
    Crueldad que tenían las penas impuestas.
  • Period: 900 to 500

    Adulterio derecho penal Tarasco.

    El adulterio habido con alguna mujer del soberano o Calzontzi
    se castigaba no solo con la muerte del adúltero, sino trascendía a toda su familia; los bienes del culpable eran confiscados.
  • 1520

    Derecho Penal Maya.

    Derecho Penal Maya.
    Los batabs o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y
    aplicaban como penas principales la muerte y la esclavitud; la
    primera se reservaba para los adúlteros, homicidas, incendiarios,
    raptores y corruptores de doncellas; la segunda para los ladrones. Si el autor del robo era un señor principal, se le labraba el rostro,
    desde la barba hasta la frente.
  • Period: 1520 to 1521

    Características del derecho maya

    La distinción entre delitos dolosos y delitos culposos.
    ❖Procedimiento público.
    ❖El perdón del ofendido.
    ❖La existencia de la reparación del daño.
    ❖Procedimiento sumario.
    ❖Existencia del arbitrio judicial.
    ❖Inexistencia de un recurso de impugnación de las sentencias y de las resoluciones de los jueces.
    ❖La utilización de abogados o medianeros para la resolución de conflictos.
  • 1521

    Derecho Penal Azteca.

    Derecho Penal Azteca.
    Conocieron la distinción entre delitos dolosos y culposos, las circunstancias atenuantes y agravantes de la pena, las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía.
  • Period: 1521 to 1521

    Sanciones de los Aztecas

    • Las penas: destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, corporales, pecuniarias y la de muerte, siendo esta última aplicada como incineración en vida, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, garrote y machacamiento de la cabeza.
  • ÉPOCA COLONIAL

    ÉPOCA COLONIAL
    Inicia con la conquista (1521) y concluye con la guerra
    de Independencia (1810).
    Se impusieron las instituciones jurídicas españolas, tales como las Leyes de Indias, las Leyes de Toro, y las reformas borbónicas de finales del siglo XVIII, con las que se permite el comercio.
  • Period: to

    La Recopilación de las leyes de los Reinos de las Indias.

    Constituyo: cuerpo principal de leyes de la Colonia, completado con los Autos Acordados, hasta Carlos III (1759); a partir de este
    monarca, comenzó una legislación especial más sistematizada, que dio origen a las Ordenanzas de Intendentes y a las de Minería.
  • Period: to

    Complemento de las Leyes de Indias

    Deben ser tenidos los "Sumarios de las cédulas, órdenes y provisiones Reales" que se han despachado por su Majestad para la Nueva España y otras partes, especialmente desde el año 1628 hasta el año de 1677.
  • ÉPOCA INDEPENDIENTE

    ÉPOCA INDEPENDIENTE
    La guerra de Independencia 1810 - 1821, trae consigo el surgimiento de una nueva nación .
    • En esta nueva nación fue necesario el trabajo legislativo, mismo que se enfocó primordialmente a la materialización de los sueños de la independencia, cristalizándose en Derecho Constitucional y
    Administrativo
  • ESTADO DE VERACRUZ

    ESTADO DE VERACRUZ
    El primero en promulgar un Código Penal, esto en abril de 1835, ordenamiento inspirado en el código penal español de 1822.
    En ésta etapa siguen vigentes en México las leyes penales españolas.
  • Period: to

    Código Penal en el Estado de Veracruz

    Aspectos jurídicos: ordena la administración de justicia a través de los jueces de letras, jueces de Primera instancia.
    • Aspectos ideológicos: considera un reglamento para ala aplicación de exámenes a abogados y escribanos.
    • Aspectos legislativos: en razón al trabajo realizado por la comisión que formulo el proyecto del Código Penal.
  • Period: to

    Constituyentes

    Fueron los Constituyentes de 1857, con los legisladores de diciembre 4 de 1860 y diciembre 14 de 1864, los que sentaron las bases de nuestro Derecho Penal propio.
  • Principales cuerpos legales en esta materia

    Principales cuerpos legales en esta materia
    1. Código Penal en el Estado de Veracruz el 8 Abril 1835 • 2. El código de 1871 • 3. El Código Penal de 1929 • 4. El Código Penal 1931
  • Period: to

    Código Penal de 1871.

    Este ordenamiento constó de 1152 artículos, además de los
    transitorios, ordenados en cuatro libros denominados: el primero;
    De los delitos, faltas, delincuentes y penas; el segundo, Responsabilidad civil en materia criminal; el tercero, De los delitos en particular; y el cuarto, De las faltas.
    .-Marcada influencia del Código Penal español de 1870.
    .-Acogió el sistema de clasificación de delitos graves y leves.
  • Period: to

    Código penal de 1929.

    .-Consta de 1 228 artículos, sin contar con transitorios.
    Aportó la responsabilidad social muy restringida (artículos 151, 171, 194 y 195), prisión con sistema celular (artículos 106 y 195), supresión de la pena de muerte, multa tasada en el sistema de "utilidad diaria" reparación del daño exigible de oficio por el Ministerio Público.
    Este Código fue un notorio fracaso.
  • Period: to

    Código Penal de 1931.

    Contiene sólo 400 artículos, en los que se recogieron algunas instituciones jurídicas importantes de corte positivista, como la reincidencia y la habitualidad, acudiendo al criterio de la peligrosidad para individualizar la pena.
    Ha tenido reformas que destacan las de 1984, 1985, 1994.
  • Código Penal del Distrito Federal

    Código Penal del Distrito Federal
    Tendencia de modernización origino que se promulgará y posteriormente publicado en la Gaceta Oficial del 16 de julio del año 2002, con vigencia a los 120 días de su publicación, según lo dispuesto en el artículo primero transitorio del decreto respectivo.