Historia del derecho

  • 218 BCE

    EL DERECHO CASTELLANO

    El derecho castellano puede definirse como el conjunto de disposiciones legislativas, doctrina y costumbres jurídicas
    que imperaron en Castilla, desde sus orígenes hasta la consolidación del Estado español.
  • 218 BCE

    Segunda Guerra Punica

    la civilización romana ocupan la zona de los Cartaginenses (zona del levante norte español). En la primera mitad del primer siglo todo el levante español forma parte de Roma.
  • 212 BCE

    Romanizacion, caracalla

    el emperador Caracalla promulgo la constitución por la cual concedió la ciudadanía a todos los habitantes
    libres del imperio.
  • 130 BCE

    ROMANIZACION: Periodo Clasico

    trasplante de la civilización romana a la península ibérica y a la consiguiente incorporación a ella de sus gentes.
  • Period: 23 BCE to 19 BCE

    Augusto Hispana pacificada

    el emperador Augusto (príncipe, primer ciudadano del estado desde 23Ac se encargo de concluir la conquista) llega hasta la zona del Cantábrico (pueblo Galaico, Astur y Cántabro) y declaro Hispania pacificada.
  • 200

    Derecho Vulgar (III - IV d.c)

    el derecho vulgar se aplico por la complejidad del dcho clasico. Los jurisconsultos hicieron interpretaciones para que lo entiendan todos los ciudadanos.
  • 313

    Cristianismo Oficial

    El emperador Constantino publica el edicto de milan y a partir del 313 dc, el cristianismo se convierte en la religion oficial del imperio romano.
  • 476

    Época romana o hispano- romana

    desde el año 218 a. C hasta el 476 d. C (España estuvo sometida a Roma) (476 d.C:fecha en la que cae el Imperio Romano de Occidente en poder de un pueblo bárbaro
    En el año 476 España deja de depender de Roma, la península ibérica fue conquistada por los visigodos (415-711) quienes añadieron el elemento germánico a los ya existentes.
  • 711

    Epoca Hispano-Visigoda 476 - 711 d.c

  • Period: 711 to 1150

    Alta Edad Media

    desde 711 a 1150. Invasión musulmana (711-1492): Durante ese largo periodo, denominado de “dispersión normativa”, por gran parte de la historiografía contemporánea, coexistieron en la península ibérica diversos ordenamientos o estatutos jurídicos
  • 800

    Sacro imperio romano germánico

    el imperio comenzó su existencia en el año 800 con la coronación del rey de los francos y los longobardos, Carlos Magno, por el papa León III.
  • 1000

    Descubrimiento del Digesto:

    este hallazgo fortuito a fines del siglo XI de un manuscrito del Digesto en Italia, le permitió a Irnerio y a sus discípulos acceder a la jurisprudencia clásica e inaugurar la ciencia jurídica medieval. Este descubrimiento se hizo en tres partes: primero se hallo la primera parte, luego la ultima y por último la intermedia. A fines del siglo XI Irnerio separo la enseñanza de la jurisprudencia de la de la retorica, y enseñase las leyes romanos, dando origen a la escuela de las leyes.
  • Period: 1150 to 1474

    Baja Edad Media

    comprendida entre 1150 y 1474, En este periodo todavía no desapareció la sociedad caballeresca pero tampoco apareció la configurada sociedad renacentista.
  • 1348

    Orden de prelación legal

    Orden de prelación que rigio en Castilla hasta las leyes de Toro:
    a) ordenamiento de Alacalá de Henares
    b) fueros, incluso el juzgo y el real, en aquello que eran usados
    c) partidas
  • Period: 1474 to

    Edad Moderna

    Este periodo abarca desde el año 1474, en el cual Isabel I fue coronada reina de Castilla, hasta 1808, año en que el
    ejército napoleónico invadió España y se inicio la guerra de la independencia.
    En España se subdivide en dos etapas: Alta Edad Moderna (1474-1700) o época de los Austrias y Baja Edad Moderna
    (1700-1808) o Época de los Borbones.
  • 1503

    Libro de las Bulas y Pragmáticas

    los reyes ordenaron al consejo de castilla que juntara, corrigiera e
    imprimiera las provisiones reales concernientes a la buena gobernación y a la administración de justicia.
  • 1505

    Leyes de Toro

    Formo un conjunto de 83 leyes aclaratorias y supletorias, inspiradas en el Ordenamiento de Alacalá, en las opiniones de los juristas y en las decisiones judiciales. Abarcan múltiples materias: matrimonio, herencia, bienes dotales, etc. Ejercieron una influencia decisiva en el Derecho privado castellano.
  • 1567

    Nueva recopilación

    la reina Isabel que murió en 1504, encomendó al Rey Fernando en el codicilo de su testamento, que reuniera una junta y le encargara la preparación de una nueva recopilación, en la cual se
    aclararan las dudas que suscitaban las leyes vigentes, se eliminaran las superfluas y ordenaran bien las
    restantes.
  • Novísima recopilación