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ROMA
Habían mecanismos romanos con parecido funcional amparo. El primero de ellos era el INTERCESSIO TRIBUNICIA, Euán era una acción procesal que consistía en una queja ante el tribuno realizado por un particular afectado por un abuso, tenía una tutela tan amplia que podía inutilizar leyes.
El segundo era HOMO LIBERO EXHIBENDO, un edicto del pretor que e protegía la libertad en conflictos de particulares. Se oponía a privaciones de la libertad arbitrarias de particulares contra otros particulares. -
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CARTA MAGNA INGLATERRA
Creó un catálogo de derechos de los feudos y del rey.
Su artículo 39 establecía una similitud con el debido proceso, pues ningún hombre podía ser detenido, condenado, exiliado, etc, sin un juicio legal de sus pares. -
INGLATERRA: acta habeas corpus
Protegía a los individuos frente a las detenciones arbitrarias, así como legislaba el procedimiento. Era un medio de cumplimiento de la autoridad para rendir cuentas acerca de las detenciones. -
ESTADOS UNIDOS: Tocqueville y la Constitución de 1787
Las ideas de Tocqueville y la constitución estadounidense de ese año fueron inspiración, años adelante, para Manuel Crescencio Rejón. -
FRANCIA: Derechos del Hombre
La cuna de los derechos del hombre, fue la inspiración de documentos internacionales en Latinoamérica, incluyendo México. -
FRANCIA: instituciones procesales
Diversas instituciones procesales sirvieron de antecedentes del juicio de Amparo mexicano, indirectamente, tales como el recurso de casación francés y motivos de procedencia.
La jurisprudencia francesa es de inspiración igual pues crearon precedentes obligatorios para sus autoridades judiciales. -
México: guerra de independencia
Surge la idea de que el Estado es encargado de proteger libertades como elementos constitucionales de López Rayón, se destaca en ello los textos de "Sentimientos de la Nación" y "Constitución de Apatzingán". -
México: constitución de 1824
Brinda la facultad de reprimir violaciones de la constitución. Al igual, hace competente a la Suprema Corte Federal de infracciones constitucionales y de leyes federales. -
México: Constitución Centralista
Las Siete Leyes es el medio de creación del Supremo Poder Conservador, un control político de la constitucionalidad. -
México: constitución de Yucatán
Manuel Crescencio Rejón tiene la idea de impulsar la figura del amparo en la Constitución de Yucatán. En el art 8 y 9, prevén el amparo contra actos de autoridad y jueces que violen garantías individuales previstas en el art 7. El art 9 hablaba de un control difuso de constitucionalidad. El art. 62 hablaba del amparo contra leyes. -
México: acta de reformas
Mariano Otero incorpora las ideas de Rejón en la Constitución Federal. El acta de reformas de la constitución de 1824 confluyen ideas del individualismo de la Revolución Francesa. -
FRANCIA
Fue inspiración y entra dentro de los antecedentes de los textos de la independencia mexicana posterior. -
México: Constitución de 1857
La institución del Amparo se convierte en una salvaguarda de la Constitución, por medio de la protección a as garantías individuales.Esta Constitución da exactitud a la aplicación de la ley en los juicios. -
México: Ley Orgánica de Procedimientos de los Tribunales de la Federación
Esta ley es un antecedente del amparo, pues su legislación prevé un primer procedimiento del trámite de amparo ante el juez de distrito, sin embargo, careció de vigencia en la práctica. -
México: Ley Orgánica de los Artículos 101 y 102 de la Constitución
Esta ley desarrollaba un régimen de amparo más amplio, que prevé instituciones como la suspensión del acto reclamado. -
México: ordenamiento Ley Orgánica de los artículos 101 y 102 de la Constitución Federal.
Detallaba la reglamentación del amparo, así como su naturaleza, requisitos, consolidando la institución del acto reclamado y se prevén cuestiones procesales como excusad e impedimento y el sobreseimiento, así como el régimen de responsabilidades. -
México: Código de Procedimientos Federales
Existen 4 de estos antecedentes, dados en la aún vigencia de la Constitución de 1857. Las otras fechas son 6 de mayo de 1895; 15 de septiembre de 1896 y; 6 de octubre de 1897. -
México: Código de Procedimientos Federales
El código regulaba todo el ámbito del juicio de amparo, así como todas las instituciones que se consolidaron en el siglo XX. Careció de vigencia debido a la Revolución de 1910. -
ESTADOS UNIDOS: Constitucionalismo moderno
Fue la cuna del constitucionalismo moderno y sus instituciones, fueron fundamento a la institución del amparo. Estados Unidos previó recursos que integran el esquema de mecanismos judiciales de control constitucional. -
México: Régimen constitucional
Se confirma la desviación o crecimiento del amparo de la Constitución de 1857. -
México: Constitución de 1917
Se publica el texto original de la Constitución, donde el texto de los constituyentes se conoce hoy en día como amparo indirecto. El amparo directo, surge debido a la eliminación de recurso de casación. Se usa lo más importante del texto del numeral 101 de 1857, reformado en tres ocasiones: el 31 de diciembre de 1995, el 6 de junio de 2011 y el 29 de enero del 2016. -
México: Leyes de Amparo Históricas
Tras la promulgación de la Constitución, es publicada la primera ley de amparo. -
México: Primera Ley de Amparo
Es publicada la primera Ley de Amparo, titulada Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 104 de la Constitución Federal, habiendo una equivocación pues debía de ser el 107 y no el 104. Se destacaba la primera reglamentación de juicio de garantías, reiteración de principios CPEUM 1917. Se suprimía el recurso de revisión oficioso y reconocía al 3er perjudicado, estableciendo el modelo de audiencias para suspensión y cuestión de fondo del amparo. Desaparece el recurso de súplica. -
México: Ley de Amparo, Reglamentaria de los arts. 103 y 107 Constitucionales
Entra en vigor hasta 1936 y mantuvo su aplicación hasta primera década del siglo XXI. Sufrió más de 30 reformas. -
México: reforma a la Ley de Amparo de 1951
Se crearon nuevos órganos de justicia del Poder Judicial de la Federación. No tuvo mucha eficacia, porque los tribunales se sobrecargaron de trabajo. -
México: reforma de 1964 a la Ley de Amparo
Da un tinte social y popular al juicio de amparo en el rubro de justicia agraria. Establece normas protectoras de poblaciones ejidales o comunales, así como para ejidatarios y comuneros, facilitando el acceso al proceso al flexibilizar sus términos y eliminar formalidades. -
México: reforma de 1968 a la Ley de Amparo
Da flexibilidad a las formalidades del amparo, haciéndolo más accesible. -
México: reforma de 1974 a la Ley de Amparo
Prevé proteger a los menores e incapaces. -
México: reforma de 1976 a la Ley de Amparo
Nueva reforma sobre el amparo agrario. -
México: reforma de 1980 a la Ley de Amparo
Acerca de la participación del Ministerio Público Federal en el juicio de garantías, queriéndolo hacer más eficaz. -
México: reforma de 1984 a la Ley de Amparo
Reforma el amparo contra leyes. -
México: reforma de 1994 a la Ley de Amparo
Reforma cuestiones acerca del amparo penal. -
México: reforma de 1999 a la Ley de Amparo
Cuestiones del amparo penal. -
México: reforma constitucional en materia de amparo
Sucede una reforma constitucional en materia de amparo, que en su transitorio segundo establece 120 para expedir las reformas legales correspondientes. Sin embargo, tardará más de 20 meses el cumplimiento del mandato. -
México: Nueva legislación de la Ley de Amparo
"Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", ley que se presenta con retraso de 20 meses y desarrolla el amparo con perspectiva de derechos humano de la CPEUM y tratados suscritos por México. Se establecen figuras como el interés legítimo como procedente del amparo y declaratoria general de inconstitucionalidad. -
México: primeras dos reformas de la nueva Ley de Amparo
En 14 de julio de 2014 y 18 de diciembre de 2015 la Ley de Amparo de 2013 sufre sus dos primeras reformas, en relación con el ámbito de telecomunicaciones y la radiodifusión.