Historia de las normas que rigen sobre el uso de los recursos hidrícos en Colombia.
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Creación del Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
También conocido como el código de recursos naturales, que finalmente se promulgó con el decreto 2811 de 1974.Este Decreto comprende un conjunto de normas coherentes, cohesionadas y armónicas que persiguen un fin común, la preservación y manejo sostenible de los Recursos Naturales Renovables del país -
Decreto 2811 de 1974
Este decreto regula el aprovechamiento de las aguas no marítimas en todos sus estados y formas. -
Decreto 1594 de 1894
Reglamentación en cuanto a usos del agua y residuos líquidos:
En este decreto se estipulan los tratamientos destinados a la potabilización de las aguas dentro de los cuales se encuentran procedimientos como:
-coagulación.
-floculación.
-sedimentación.
-filtración.
-desinfección. -
Recursos naturales y su protección en la nueva constitución de Colombia
La nueva constitución de 1991 contiene 49 artículos para la protección medioambiental y de los recursos naturales, y fue considerada por algunos expertos como la “constitución ambiental”. Finalmente, la ley 99 de 1993 estableció el marco institucional medioambiental actual de Colombia. -
Ley 142 de 1994
Establece el régimen de los servicios públicos competente de la nación dado por intervención estatal, función social de la propiedad en las entidades prestadoras de servicios. -
Ley 373 de 1997
Establece el uso eficiente del agua en cuanto a los procesos que deben habituar las empresas y entidades encargadas de la prestación de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje y usuarios del recurso hídrico. -
Decreto 475 de 1998
Regula normas técnicas de calidad, información y registro del agua potable, este decreto fue derogado por el decreto 1575 del 2007 cuyas medidas y clasificación fueron modificadas para lograr una amplitud de la norma para el consumo humano, también regula su intervención para el consumo mismo en cuanto a las propiedades que el recurso hídrico contenga. -
Decreto 302 de 2000
Este decreto contiene el conjunto de normas que regulan las relaciones que se generan entre la entidad prestadora de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, y los usuarios que forman parte del sistema. -
Resolución 1096 del 2000
(RAS) Requisitos técnicos que deben cumplir los diseños, las obras y procedimientos correspondientes al Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico. -
Decreto 3100 de 2003
Modificado por el decreto 3440 de 2004, dicta que a las autoridades ambientales les compete cobrar la tasa retributiva por los vertimientos realizados a los cuerpos de agua en el área de su jurisdicción, así como también proyecta procesos de inversión en des-contaminación hídrica. -
Decreto 1575 de 2007
El objeto de este decreto es establecer el sistema para la protección y control de la calidad del agua, con el fin de monitorear, prevenir y controlar los riesgos para la salud humana causados por su consumo, exceptuando el agua envasada. -
Ley 1151 de 2007
Declara que los departamentos y municipios dedicarán un porcentaje no inferior a 1 % de sus ingresos corrientes para el mantenimiento de dichas zonas o financiar esquemas de pago por servicios ambientales. -
Decreto 1323 de 2007
Gracias a este decreto, se crea el Sistema De Información Del Recurso Hídrico como parte del sistema de información ambiental para Colombia. -
Resolución 075 de 2011
determina que corresponde al prestador de servicio de alcantarillado requerir a sus usuarios el cumplimiento de la norma de vertimiento del alcantarillado público que se encuentre vigente y en caso opuesto, reportar a la autoridad ambiental competente. -
Decreto 1090 de 2018
Este decreto estipula (UEAA) “uso eficiente y ahorro del agua”, tiene como fin toda acción que minimice el consumo de agua, reduzca el desperdicio u optimice la cantidad de agua a usar en un proyecto mediante prácticas como la recirculación y el uso de agua lluvia. -
Decreto 1207 de 2018
Establece el mecanismo para la inclusión de costos adicionales a los establecidos por las normas ambientales, destinados a garantizar la adecuada protección de las cuencas y fuentes de agua, por parte de las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.