Historia CDMX

By Yomera
  • Distrito Federal

    El Distrito Federal se integra mediante decreto, el 6 de mayo, con la siguiente división política: I. Municipalidad de México; II. Partido de Guadalupe Hidalgo; III. Partido de Xochimilco; IV. Partido de Tlalpan y V. Partido de Tacubaya. Se prevenía, en el decreto, que el Gobernador del Distrito Federal, que en ese año era Don Miguel Blanco, señalaría las villas, poblaciones y barrios que correspondieran a cada demarcación, oyendo el parecer de los Ayuntamientos.
  • A partir del 5 de marzo de 1862, la división territorial del Distrito Federal quedó de la siguiente manera:

    I. Municipalidad de México;
    II. Partido de Guadalupe Hidalgo, con las municipalidades de: Guadalupe Hidalgo y Azcapotzalco;
    III. Partido de Xochimilco, con las municipalidades de: Xochimilco, Tulyehualco, Tláhuac, San Pedro Atocpan, Milpa Alta y Hastahuacán;
    IV.- Partido de Tlalpan, con las municipalidades de: Tlalpan, San Ángel, Coyoacán, Iztapalapa e Iztacalco; y
    V.- Partido de Tacubaya, con las municipalidades de: Tacubaya, Tacuba, Santa Fe y Mixcoac.
  • El 16 de diciembre, el Distrito Federal queda conformado por:

    I. Municipalidad de México; II. Distrito de Azcapotzalco (Municipalidad de Azcapotzalco y Tacuba); III. Distrito de Coyoacán (M. de Coyoacán y San Ángel); IV. Distrito de Guadalupe Hidalgo (M. de Guadalupe Hidalgo e Iztacalco); V. Distrito de Tacubaya (M. de Tacubaya, Mixcoac, Cuajimalpa y Santa Fe); VI. Distrito de Tlalpan (M. de Tlalpan e Iztapalapa); VII. Distrito de Xochimilco (M. de Xochimilco, Milpa Alta, Tlaltelolco, Astahuacán, Tulyehualco, Ostotepec, Mixquic, Actopan y Tláhuac).
  • Ley de Organización Política y Municipal del Distrito Federal

    La Ley de Organización Política y Municipal del Distrito Federal, del 26 de marzo de 1903, dividió el territorio en 13 municipalidades, que fueron: México, Guadalupe Hidalgo, Azcapotzalco, Tacuba, Tacubaya, Mixcoac, Cuajimalpa, San Ángel, Coyoacán, Tlalpan, Xochimilco, Milpa Alta e Iztapalapa.
  • Cuando se alcanzó el triunfo Constitucionalista, la división territorial del Distrito no había cambiado mucho de aquel 1903.

    Al ratificarse como residencia de los poderes federales el 13 de marzo de 1917, se configuró la Ley de Organización del Distrito y Territorios Federales el 14 de abril de ese año. Con base en la Constitución de 1917, el Distrito Federal quedó conformado por las trece municipalidades que se señalaron en el año de 1903; y dicha división fue modificada al crearse la municipalidad General Anaya en el año de 1924.
  • Se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dando nuevas bases para la organización política y administrativa, suprimiendo el sistema municipal en el Distrito Federal, encomendándose su gobierno al Presidente de la República.

    Se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dando nuevas bases para la organización política y administrativa, suprimiendo el sistema municipal en el Distrito Federal, encomendándose su gobierno al Presidente de la República.
    El órgano de gobierno creado por la ley orgánica recibió el nombre de Departamento del Distrito Federal. Las facultades de decisión y de ejecución fueron encomendadas a un Jefe del Departamento del Distrito Federal. La Ley Orgánica del Distrito y Territorios Federales determinó: "El territorio del Distrito Federal se divide en un Departamento Central y Trece Delegaciones"
  • Se aprobó la nueva Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, derogándose la Ley Orgánica anterior, de 1928.

    La nueva Ley manifestó que al territorio que se denominó sede del Departamento Central se le llamó Ciudad de México. Desapareció la delegación General Anaya, cuyo territorio se anexó a la Ciudad, quedando doce delegaciones en el Distrito Federal.
    Villa Gustavo A. Madero, Azcapotzalco, Iztacalco, Coyoacán, Villa Alvaro Obregón, La Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Tlalpan, Iztapalapa, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac."
  • La división territorial establecida en la Ley Orgánica de 1941 se modificó en el mes de diciembre de 1970, mediante reformas a dicha Ley.

    Una de las reformas más significativas se observa en capítulo II, " Del Territorio", en su artículo décimo: " El Distrito Federal o Ciudad de México se divide, para los efectos de esta ley y de acuerdo a sus características Geográficas, Históricas, Demográficas, Sociales y Económicas, en 16 Delegaciones...". De tal manera, lo que fue la Ciudad de México se convirtió en Delegaciones: Miguel Hidalgo, Benito Juárez, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza.
  • El 29 de diciembre se confirman los límites del Distrito Federal (fijados en 1898) y se divide en las actuales dieciséis Delegaciones.

    1. Álvaro Obregón
    2. Azcapotzalco
    3. Benito Juárez
    4. Coyoacán
    5. Cuajimalpa de Morelos
    6. Cuauhtémoc
    7. Gustavo A. Madero
    8. Iztacalco
    9. Iztapalapa
    10. Magdalena Contreras
    11. Miguel Hidalgo
    12. Milpa Alta
    13. Tláhuac
    14. Tlalpan
    15. Venustiano Carranza
    16. Xochimilco
  • Se crea la Asamblea de Representantes del Distrito Federal - reformando el Artículo 73 fracción VI de la Constitución- por decreto del 10 de agosto de ese año, como un órgano de representación ciudadana.

    La Asamblea de Representantes "se creó con facultades para dictar bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno que tengan por objeto atender las necesidades que se manifiesten entre los habitantes del Distrito Federal en materia de servicios; aprobar nombramientos de magistrados del Tribunal Superior de Justicia, e iniciar ante el Congreso de la Unión leyes o decretos en materia relativa al Distrito Federal".
  • Se aprobó por la Cámara de Diputados un decreto sobre reformas constitucionales que fue publicado en Diario Oficial de la Federación el 25 del mismo mes y que entró en vigor el 25 de noviembre de ese año.

    La Asamblea de Representantes del Distrito Federal, que estaba en ejercicio, siguió teniendo las facultades contenidas en las disposiciones que la crearon, y la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, con base en las reformas y en el texto del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, asumió sus nuevas facultades, sobre todo en materia legislativa. El artículo 122 es sin duda el más amplio en este proceso de cambio para mejorar la estructura del Distrito Federal.
  • El Congreso de la Unión aprobó y expidió un ordenamiento para regular todos aquellos aspectos del nuevo esquema de gobierno: El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

    El Estatuto del Distrito Federal fue, en nuestro país, un documento inédito, novedoso y complejo, tanto en su naturaleza jurídica como en su contenido. La adecuada distribución de las competencias más importantes del gobierno del Distrito Federal, entre los ámbitos local y federal, así como regular las complejas relaciones entre los Poderes de la Unión y los órganos locales de gobierno, fueron motivos esenciales para la elaboración del Estatuto del Distrito Federal.
  • Constitución de la Ciudad de México

    El 28 de abril fue aprobada por el Senado de la República la Iniciativa de Reforma Política del Distrito Federal.
  • Se instala la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

    Integrada por cien diputadas y diputados constituyentes articulados en diez grupos parlamentarios.
  • Constitución de la CDMX

    5 de febrero fue promulgada la Constitución de la CDMX.