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  • Ley 115

    Ley 115
    Prevé la educación para personas con limitaciones y con capacidades excepcionales planteando que la educación de estos grupos es un servicio público de obligación
    para el Estado.
  • Ley 119

    Ley 119
    Se reestructura el SENA y plantea como objetivo “organizar programas de readaptación profesional para personas discapacitadas” Dato: Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.
  • Decreto 369

    Decreto 369
    Modifica la estructura y funciones del Instituto Nacional para Ciegos INCI. Dato: Adquirir y proporcionar a cualquier título a la población limitada visual, a las Entidades que les presten servicios o a las organizaciones de y para ciegos,
  • Decreto 972

    Decreto 972
    Educación de niños sordos y lengua de señas como parte del derecho a su educación. Modifica el artículo 13 del Decreto 2369 de 1997. Nota: El decreto 2369 de 1997, determina recomendaciones de atención a personas con limitación auditiva.
  • Decreto 672

    Decreto 672
    Educación de niños sordos y lengua de señas como parte del derecho a su educación. Dato: Las instituciones que brinden atención educativa a niños menores de 6 años, en forma progresiva establecerán programas para facilitar la adquisición de la lengua de señas como lengua natural incluyendo personas adultas sordas usuarias de dicha lengua que sirvan como modelos lingüísticos.
  • Decreto 1006

    Decreto 1006
    “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional para Ciegos, INCI, y se dictan otras disposiciones.” Dato: Proponer planes y programas de desarrollo social destinados a la rehabilitación, integración educativa, laboral y social de los Limitados Visuales, el bienestar social y cultural de los mismos.
  • Decreto 366

    Decreto 366
    Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Dato: La discapacidad puede ser de tipo sensorial como sordera, hipoacusia, ceguera, baja visión y sordoceguera, de tipo motor o físico, tipo cognitivo como síndrome de Down u otras discapacidades caracterizadas por limitaciones significativas
  • Decreto 1421

    Decreto 1421
    “Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.” Dato: define los ajustes razonables como acciones adaptaciones, estrategias, apoyos, recursos del sistema educativo y la gestión escolar, basadas en necesidades específicas de cada estudiante, que persisten a pesar de que se incorpore el Diseño Universal de Aprendizaje, que se ponen en marcha tras una rigurosa evaluación de las características del estudiante con discapacidad.