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CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Constitución Política de 1991, Colombia es un Estado social de derecho,
lo que la hace una República democrática, participativa y pluralista, creada en el
respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la
integran y en la prevalencia del interés general. -
SEXUALIDAD
Martha Lamas antropologo que pone en cuestión
la idea de la “sexualidad natural” y la función reproductiva atribuida al ejercicio de la
sexualidad, al interior de la familia. -
GALVIS
Galvis como la posesión incondicional de los
padres sobre los hijos para garantizar la continuidad de la familia. -
DERECHOS COLECTIVOS
Bolaños los derechos colectivos tienen una relación con los
intereses comunes, que superan lo individual y los derechos individuales; de manera tal
que tanto intereses como derechos colectivos pertenecen al colectivo y no pueden ser
de uso exclusivo de un miembro individual, aunque cabe señalar que existen acciones
colectivas que se realizan en defensa de un derecho individual, lo cual es distinto. -
DECRETOS
Montoya cuando expresa que en los ocho primeros
incisos del artículo 42, se establecen las normas propias de la célula familiar, señalando
la definición de familia como núcleo, como agrupación, respecto a formas de
organización, monogamia heteroxesualidad y a la voluntad de conformarse como
familia -
LGBTI
De León destaca la lucha de las organizaciones LGBTI y la contribución, al
reconocimiento jurídico de los derechos de las familias homosexuales en el contexto
colombiano, como la forma de aceptar la diferencia y las libertades individuales frente
a las opciones sexuales. -
DERECHOS COLOMBIANOS
Martínez en el ordenamiento colombiano los derechos colectivos son
aquellos que están definidos por la Constitución Política y la normatividad vigente, la
cual a su vez acoge los tratados internacionales ratificados. -
DERECHOS
Martínez señala que los derechos
colectivos se fundamenta en el respeto integral a los derechos de la persona, el régimen
democrático y el derecho al desarrollo de todos sus pueblos, en un ambiente sano -
DIVERSIDAD
De León Willis plantea la importancia del reconocimiento de la diversidad de
las familias y con esta, el reconocimiento al ejercicio de la libertad y la autonomía en la
forma en la que los sujetos definen o determinan su constitución y organización, lo que
para esta autora significa el reconocimiento de las particularidades y las singularidades. -
MATRIMONIO
Martínez & Matiz plantean que el matrimonio visto de manera
tradicional es una relación exclusivamente heterosexual, por personas jurídicamente
vinculadas; por lo cual aluden la necesidad de reconocer los cambios sociales y
culturales del concepto de familias en los ámbitos jurídicos y legales, los cuales distan
de las prácticas y vínculos que se establecen en la sociedad actual. -
CONCEPCIÓN DE NIÑOS
Gutiérrez y Acosta aportan una mirada de familia desde la concepción de niños
y niñas desde un campo jurídico, político y social, como una minoría oprimida, así
como los derechos de las mujeres y de los afrodescendientes con el fin de proteger la
titularidad de los derechos -
SUJETO COLECTIVO
Villareal afirma que el sujeto colectivo implica la participación y la
representación de intereses comunes en instancias populares e institucionales donde
los grupos, colectivos u organizaciones generan una identidad colectiva -
REAFIRMACIÓN DE GALVIS
Galvis la familia es sujeto
colectivo titular de derechos y agente garante de los derechos de sus integrantes; lo
que significa, que las personas tienen derecho a tener una familia donde puedan nacer,
crecer, reproducirse, desarrollar sus capacidades plenamente y morir. -
LECTURA JURIDICA
Silva Martínez hace una lectura jurídica respecto al conjunto de
reglas y medidas necesarias en el Derecho, para regular las tensiones de orden personal
y patrimonial, las formas de organización, vida y disolución de la familia -
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Suarez Franco hace referencia a los artículos 42 y 51 de la Constitución Política de
Colombia, como los principales para la comprensión de los vínculos jurídicos o
naturales y comprensión del parentesco y el matrimonio y garantías política y
legislativas que garantizan el cuidado de la familia. -
DIFERENTES PERSPECTIVAS DE FAMILIA
García Manrique elabora una discusión que inicia con las definiciones de
familia desde las perspectivas sociológicas y psicológicas de familia, como espacio
natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, ampliando también su
comprensión hacia personas no vinculadas, por lazos de consanguinidad.