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Después de la segunda guerra mundial se reconoce a la protección de datos personales como Derecho Humano a nivel internacional.
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La Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental incluyó la previsión general respecto a la protección de Datos Personales.
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Primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales (Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental)
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Se publican los lineamientos de Protección de Datos Personales (IFAI)
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Se presenta ante la Cámara de diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de Protecciónde datos por particulares.
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Se presenta ante la Cámara de Senadores un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 Constitucional que tenía como finalidad reconocer el derecho a la Protección de Datos Personales como una garantía fundamental y autónoma.
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Se reconoce a la protección de datos personales como un Derecho fundamental y Autónomo
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Las legislaturas locales aprueban la Reforma constitucional y es publicada en el Diario Oficial de la Federación
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Se reforma artículo seis de la Constitución Mexicana y se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones publicado en el Diario Oficial de la Federación
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Desde el Plan Nacional de Desarrollo se prevé la necesidad de contar con una Ley Federal que garantice la Protección de datos personales en poder de los particulares