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Primera época
El Congreso Constituyente de 1917 utilizo el concepto de regeneración ya que se consideraba al infractor como una persona degenerada, la cual se buscaba regenerar mediante la privación de la libertad. -
Segunda época
Da inicio con la reforma constitucional de 1064-65 en la que se elimina el termino regeneración y se adopta el de readaptación, mediante el cual el sujeto deja de ser tratado como degenerado y se le considera como mentalmente desviado y que mediante el tratamiento consistente en ser privado de la libertad, este podrá readaptarse. -
Tercera Epoca
Esta se da cuando en 2008 mediante la reforma constitucional al sistema de justicia penal se elimina el termino de readaptación, siendo sustituido por el de Reinserción social y reintegración social el cual tiene como objetivo reinsertar al individuo en la sociedad mediante la capacitación y la educación de este mientras se encuentra privado de la libertad. -
Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos
Esta podemos considerarla no como el final de la tercera epoca sino como complemento de esta, en la que mediante la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 se considera que se busca reinstalar al sujeto a la sociedad. Así mismo se entiende la privación de la libertad como una restricción coactiva tanto de la libertad como de otros bienes jurídicos y deja de lado su pretensión curativa.