Pintura

ÉPOCAS HISTÓRICAS DEL DERECHO AGRARIO

  • 1521

    EPOCA-PRECOLONIAL

    EPOCA-PRECOLONIAL
    ESTOS GRUPOS SOCIALES MANTENIAN LA TENENCIA DE LA TIERRA EN FORMA PUBLICA, COMUNAL Y LAS DE CONQUISTA.
    SU FIGURA AGRARIA MAS SOBRESALIENTE FUE EL CALPULLI O CHINANCALLI QUE ERAN LAS TIERRAS DE LOS BARRIOS DIVIDIDAS EN PARCELAS. CADA PARCELA ERA ASIGNADA UNA POR CADA INDIVIDUO Y LA TENIA QUE CULTIVAR PERSONALMENTE.
  • 1538

    EPOCA-PRECOLONIAL

    EPOCA-PRECOLONIAL
    LA ORGANIZACIÓN AGRARIA DE LOS MAYAS ESTABA DIVIDIDA EN TIERRAS COMUNALES Y PRIVADAS.
    COMUNALES: ERAN LAS TIERRAS QUE SATISFACIAN LAS NECESIDADES PUBLICAS. TIERRAS DEL GOBIERNO Y QUE ERAN TRABAJADAS POR LOS TRIBUTARIOS.
    PRIVADAS: TIERRAS PERTENECIENTES A LA NOBLEZA Y TRABAJADA POR LOS TRIBUTARIOS, ARRENDATARIOS Y POSEDORES DE LAS TIERRAS.
  • ÉPOCA COLONIAL

    ÉPOCA COLONIAL
    Se puede separar la agricultura orientada a la demanda externa, básicamente de plantación, de la dirigida a la demanda interna,La hacienda era la propiedad rural de un propietario con aspiraciones de poder y un pequeño capital, que explotaba su unidad productiva con trabajo subordinado y cuya producción se dirigía a un mercado reducido. La plantación era una unidad productiva vinculada a un mercado a gran escala, con la inversión de fuertes sumas de capital
  • ÉPOCA COLONIAL

    ÉPOCA COLONIAL
    Los indígenas, si bien mantuvieron sus cultivos tradicionales alrededor de sus comunidades rurales, tenían que pagar un tributo al rey de España. se institucionalizaron diversas formas de trabajo personal, como fueron los repartimientos y las encomiendas algunos colonizadores se establecieron entre los nativos y cultivaron parte de sus tierras, transformando de esa manera a las reducciones indígenas en pueblos mestizos, poblados por pequeños y medianos agricultores.
  • ÉPOCA DE INDEPENDENCIA

    ÉPOCA DE INDEPENDENCIA
    El sistema colonial de distribución de la tierra no cambió después de la Guerra de Independencia de México. Los trabajadores agrícolas rurales trabajaban como peones en las haciendas y no tenían casi tierra.
  • REVOLUCIÓN

    REVOLUCIÓN
    Revolución Mexicana de 1910 a 1920. Que a su vez resultó en la división de la gran mayoría de las grandes propiedades privadas que serían redistribuidas, en especial bajo un sistema de tenencia común de la tierra llamado ejido.La reforma agraria en México fue un gran logro de la Revolución Mexicana y se repartió tierra a los campesinos que estaban concentrados en el centro y sur de México. El fin de las haciendas resolvió un problema político en México
  • PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991

    PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991
    1. El 26 de mayo de 1853 mediante un decreto Antonio López de santa Anna “Declaro que la tierra públicas no escrituradas de toda la república quedan bajo el dominio de la nación”.
    2. 12 de julio 1859 el presidente Juárez expide la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos, por la cual todas las propiedades de la Iglesia pasan al dominio de la Nación.
    3. Art. 27 de la Constitución Política de 1917 que creó las figuras de Restitución y Dotación que han quedado anteriormente señaladas
  • PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991

    PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991
    El primer código agrario fue promulgado en marzo de 1934, sustituyo la ley de dotaciones y restitución de tierras y aguas.
  • PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991

    PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991
    1. En 1929 se publica la Ley de Dotación y Restitución de tierras que intenta regular el Art. 27 la que no tuvo aplicación efectiva,
    2. 1934 se expide el primer Código Agrario bajo la administración de Lázaro Cárdenas, quien da vigencia a los principios del Art. 27 constitucional con un sistemático reparto agrario en contra de propiedades particulares.
  • PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991

    PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991
    1. 1940 y 1942 se expidieron los Códigos Agrarios de que fueron perfeccionando los procedimiento os del reparto agrario con las figuras jurídicas tales como la del Conflicto por Límites, Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales
    2. en el año de 1971, Con el presidente Luís Echeverría Álvarez, , se publica la Ley Federal de Reforma Agraria, cuyas acciones principales eran la de Dotación de ejidos, Restitución de tierras, Ampliación de ejidos, Nuevos Centros de Población,
  • PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991

    PRINCIPALES LEGISLACIONES DE 1917 A 1991
    1. el año de 1991, el 50 % del territorio nacional estaba constituido en propiedad social, por lo que ya para ese momento según expresidente de la República, no existía más tierra que repartir por lo tanto él concluye que el reparto agrario había culminado
    2. El tres de febrero de 1983 se reforma el artículo 27° constitucional , se aplicó las fracciones XIX y XX que enmarcaban la modernización y el crecimiento rural
  • EFECTOS DEL REPARTO AGRARIO

    EFECTOS DEL REPARTO AGRARIO
    En la exposición de motivos de Carlos Salinas de Gortari, para modificar el Art. 27 Constitucional, se señala que durante 70 años de reparto agrario, esto es de 1917 cuando se elabora el Art. 27 Constitucional, hasta el año de 1991, el 50 % del territorio nacional estaba constituido en propiedad social, por lo que ya para ese momento según palabras del expresidente de la República, no existía más tierra que repartir