LEY 2069 DE 2020

  • Articulo 38 FUNCIONES DEL FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS

    Articulo 38 FUNCIONES DEL FONDO NACIONAL DE GARANTÍAS
    Se dan las garantías para poder atender a diferentes industrias, ser garante de las operaciones pactadas en diferentes monedas, poder celebrar contratos con diferentes entidades nacionales o internacionales.
  • artículo 9 de la Ley 399

    artículo 9 de la Ley 399
    El Gobierno nacional reglamentará el manual de tarifas para el cobro de la tasa de los servicios prestados por el INVIMA.
  • Articulo 39 SISTEMAS DE MICROCRÉDITO.

    Articulo 39 SISTEMAS DE MICROCRÉDITO.
    las organizaciones especializadas en crédito microempresarial deberán reportar conforme lo determinen las entidades que ejerce su inspección vigilancia y control, los honorarios y comisiones cobrados.
  • ARTÍCULO 59.

    ARTÍCULO 59.
    ESTUDIO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DIRIGIDOS A LAS MIPYMES EN EL CURSO DE ELABORACIÓN DEL PROYECTO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
  • ARTÍCULO 58. SISTEMA NACIONAL DE APOYO A LAS MIPYMES

    ARTÍCULO 58. SISTEMA NACIONAL DE APOYO A LAS MIPYMES
    Intégrense al Sistema Nacional de Competitividad e Innovación, el Consejo Superior de la Microempresa y el Consejo Superior de la Pequeña y Mediana empresa.
  • ARTÍCULO 57. RED REGIONAL PARA EL EMPRENDIMIENTO

    ARTÍCULO 57. RED REGIONAL PARA EL EMPRENDIMIENTO
    La creación de las Redes Regionales de Emprendimiento será potestad de cada departamento y deberá ser presentada en el marco de las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación CRCI por cualquiera de sus miembros
  • ARTÍCULO 81

    ARTÍCULO 81
    OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA FORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO
  • Art. 2 de la Ley 1314

    Art. 2 de la Ley 1314
    CONTABILIDAD SIMPLIFICADA PARA MICROEMPRESAS. La presente ley aplica a todas las personas naturales y jurídicas, obligatoriedad de llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información financiera.
  • artículo 188 de la Ley 1607.

    artículo 188 de la Ley 1607.
    TARIFAS DEL IMPUESTO DEPARTAMENTAL DE REGISTRO. el cual quedará así: Tarifas. Las asambleas departamentales, a iniciativa de los Gobernadores, fijarán las tarifas de acuerdo a clasificaciones por prima de colocación de acciones.
  • artículo 139 del Decreto Ley 019.

    artículo 139 del Decreto Ley 019.
    Afiliación a las Cajas de Compensación Familiar. Las Cajas de Compensación Familiar tienen la obligación de afiliar a todo empleador, trabajador independiente y pensionado.
  • ARTÍCULO 64

    ARTÍCULO 64
    El FOSFEC, como fuente de beneficios a la población cesante que cumpla con los requisitos de acceso.
  • ARTÍCULO 68

    ARTÍCULO 68
    El administrador del Frisco, podrá enajenar tempranamente las acciones, cuotas partes, cuotas sociales, derechos fiduciarios o derechos de participación societaria en cualquier tipo de sociedad comercial
  • ARTÍCULO 46. UNIFICACIÓN DE FUENTES DE EMPRENDIMIENTO y DESARROLLO EMPRESARIAL

    ARTÍCULO 46. UNIFICACIÓN DE FUENTES DE EMPRENDIMIENTO y DESARROLLO EMPRESARIAL
    Unifíquense en un solo patrimonio autónomo el Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y la Unidad de Desarrollo Empresarial creados por las Leyes 590 de 2000 y 1450 de 2011, que se denominará INNpulsa Colombia.
  • Decreto No 691.

     Decreto No 691.
    teniendo en cuenta la clasificación vigente sobre tamaño empresarial, quedarán exceptuadas del pago de tarifas para la expedición, modificación y renovación de los registros ante el Invima.
  • Ley 2069.

    Ley 2069.
    "POR MEDIO DEL CUAL SE IMPULSA EL EMPRENDIMIENTO EN COLOMBIA" La presente Ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad. MEDIDAS DE APOYO PARA LAS MIPYMES.
  • parágrafo 6 artículo 268 de la Ley 1955

    parágrafo 6 artículo 268 de la Ley 1955
    ZONA ECONÓMICA SOCIAL Y ESPECIAL. Exceptúese a las sociedades comerciales que se acogieron en el régimen especial en materia tributaria ZESE, de cumplir el requisito de generación empleo durante dicha vigencia. Este requisito, deberá tener cumplimiento a partir del año 2021.
  • Articulo 25 de 2020

    Articulo 25 de 2020
    FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD Y VISIÓN EXPORTADORA DE LOS EMPRENDIMIENTOS. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y demás entidades gubernamentales, trabajarán por la gestión, capacitación, acompañamiento y apoyo, a la visión y capacidad exportadora de los emprendedores nacionales, con la finalidad de que estos puedan abrirse campo en los mercados extranjeros y se preparen para las dinámicas del comercio internacional.
  • SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS INFORMALES

    SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS INFORMALES
    .El DANE diseñará, implementará y administrará el SIECI, como instrumento estadístico para identificar y caracterizar unidades económicas para el diseño e implementación de políticas públicas orientadas a la formalización empresarial
  • ARTÍCULO 67

    ARTÍCULO 67
    Para el desarrollo y ejecución de los programas y servicios definidos en los artículos 65 y 66, las Cajas de Compensación Familiar podrán actuar en las siguientes modalidades: como gestoras y ejecutoras de los recursos del FOSFEC
  • ARTÍCULO 62

    ARTÍCULO 62
    VOLUNTARIADO PARA EL EMPRENDIMIENTO
  • ARTÍCULO 77. CONSULTORIOS EMPRESARIALES

    ARTÍCULO 77. CONSULTORIOS EMPRESARIALES
    Para asesoría gratuita a la microempresa y organizaciones de economía solidaria productiva, las universidades que cuenten con programas de pregrado en economía, finanzas, contabilidad, administración de empresas, derecho, diseño e ingenierías, en el marco de la autonomía universitaria podrán hacer uso de su infraestructura y capacidad técnica en programas, prácticas o consultorios empresariales, con el fin de que los estudiantes provean asesoría gratuita empresarial a micro empresas
  • ARTÍCULO 84

    ARTÍCULO 84
    VIGENCIA Y DEROGATORIAS
  • ARTÍCULO 70. FACILIDADES PARA EL EMPRENDIMIENTO

    ARTÍCULO 70. FACILIDADES PARA EL EMPRENDIMIENTO
    Con el fin de generar sinergias, facilidades y alivios a los emprendedores, a partir del 1 de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades ejercerá las competencias asignadas por la Ley a la Superintendencia de Industria y Comercio para la inspección, vigilancia y control de las cámaras de comercio