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EDUCACIÓN RELIGIOSA ESCOLAR

  • El papel del Estado

    El papel del Estado
    De camino hacia el siglo XX, el papel del Estado como garante del derecho a la educación y regulador de esta se fue haciendo más evidente, de suerte que los escenarios de la escuela y la universidad empezaron a ser ocupados por este actor, todo esto como parte del proceso de modernización que para esta época aconteció con la intención de apartarse de las tradiciones coloniales.
  • Educación pertinente y liberadora

    Educación pertinente y liberadora
    Al plantearse en Río de Janeiro el Consejo Episcopal Latinoamericano, se pensó en un consejo que responda a las necesidades particulares del continente latinoamericano. De esta manera patente que los pronunciamientos oficiales de las conferencias generales se realicen en torno a la pertinencia de sus orientaciones frente a las necesidades pastorales vitales en la región. Es así como una clave de interpretación que ilumina la educación religiosa está dada por la educación con pertinencia.
  • En Colombia

    En Colombia
    Para este año en Colombia el 10 % del presupuesto general de gastos se destinó a la educación pública. Ante este panorama, se hizo cada vez más necesario definir la educación desde lo público y desde lo privado a partir de lugares distintos. Esta perspectiva del derecho universal a la educación fue un factor de primer orden en la expansión de muchos sistemas educativos nacionales, que benefició a grandes sectores de la población hasta entonces excluidos de las oportunidades educativas.
  • Concilio Vaticano II

    Concilio Vaticano II
    se pueden percibir múltiples aportes que permitirán no
    solo una comprensión de la Educación Religiosa, sino trazar algunos de los retos de cara a algunas de las necesidades más sentidas de la Iglesia y la humanidad, y que el magisterio, a nombre de la Iglesia, y en el contexto del Concilio, pone de manifiesto, como necesidades de trabajo y de consideración imperantes.
  • CONCILIO VATICANO II

    CONCILIO VATICANO II
    Se constituye como un concilio
    ecuménico, es decir que se convoca en armonía con las distintas
    confesionalidades cristianas. No obstante, también es notorio el lugar que ocuparon otras religiones, no solo por su participación en el Concilio, sino por los múltiples pronunciamientos que se pueden destacar en esta materia, donde de especial manera resulta relevante la Declaración Nostra Aetate, la cual trata sobre las relaciones de la Iglesia con las religiones no cristianas.
  • Conferencia General del CELAM celebrada en Medellín

    Conferencia General del CELAM celebrada en Medellín
    Se propuso comprometer a la Iglesia en el proceso de transformación de los pueblos latinoamericanos, fija muy especialmente su atención en la educación, como un factor básico y decisivo en el desarrollo del continente y alienta a los educadores católicos y congregaciones docentes a proseguir en su abnegada función apostólica y exhorta a su renovación y actualización, dentro de la línea propuesta por el Concilio apoya el derecho que los padres y los alumnos de escoger su propia escuela.
  • Conferencia General del Celam celebrada en Puebla

    Conferencia General del Celam celebrada en Puebla
    Reconoce que el papel de la educación católica también se ha plegado a los intereses del Estado, por lo cual es posible reconocer que ambos actores se han construido en mutua relación, sirviendo a los intereses sociales y políticos de cada momento de la historia.
  • Constitución Política de Colombia

    Constitución Política de Colombia
    Manifiesta la concreción de un nuevo tipo de relación entre la Iglesia y el Estado. A partir de dicha fecha ya no se manifiesta constitucionalmente como un país confesional cristiano-católico, sino un Estado Social de Derecho que reconoce la importancia del pluralismo religioso, por lo cual no dictamina ningún sistema
    religioso como oficial. Se aclara que a nadie se le puede
    obligar a una Educación Religiosa específica que vaya en contra de sus convicciones en el contexto de la escuela pública.
  • Conferencia General Santo Domingo

    Conferencia General Santo Domingo
    Asume transformar la escuela católica en una comunidad centro de irradiación y fortalecer la comunidad educativa y en ella un proceso de formación cívico-social, inspirado en el Evangelio y en el Magisterio social de la Iglesia, que responda a las verdaderas necesidades del pueblo. Se reforzará la organización de
    estudiantes, docentes, padres de alumnos y exalumnos, como método de educación cívico-social y política que posibilite la formación democrática de las personas.
  • LEY 115 DE 1994

    LEY 115 DE 1994
    El Congreso de Colombia aborda la Educación Religiosa
    desde dos aspectos, el primero de ellos es el reconocimiento del ofrecimiento de la formación religiosa en los establecimientos educativos del Estado como camino para fomentar la igualdad
    de derechos y de credos, y, por otro lado, presenta que dicha formación no tiene un tinte de carácter obligatorio dentro de nuestra nación.
  • La Ley Estatutaria de la Libertad Religiosa (Ley 133 de 1994)

    La Ley Estatutaria de la Libertad Religiosa (Ley 133 de 1994)
    abre el horizonte colombiano al pluralismo religioso dictaminado en la Constitución Política de 1991. En lo que refiere a la educación, resalta la importancia de la elección de los padres de una Educación Religiosa Escolar de acuerdo con sus convicciones, plataforma que posibilitará discusiones de jurisprudencia como la realizada por
    la Corte Constitucional en las sentencias C-088 de 1994, C-555 de 1994, T-662 de 1999 o T-972 de 1999.
  • Decreto 354 de 1998

    Decreto 354 de 1998
    Menciona la libertad de escoger la Educación Religiosa cristiana no católica, mencionando que serán las secretarías de educación las responsables del acompañamiento del diseño curricular (art. 8); además, menciona que los docentes no católicos deben acreditar su título profesional (art. 9), excepto en lugares apartados (art. 13), todo ello en el marco de una supervisión de autoridades religiosas de las comunidades cristianas no católicas (art. 12).
  • Serie de Lineamientos Curriculares

    Serie de Lineamientos Curriculares
    Reconoce la dimensión espiritual como evidente, habla de valores espirituales y trascendentales, cita los artículos 5, 15 y 16 de la Ley 115 y resalta que los valores son expresión de lo espiritual, dimensión que está vinculada con la cultura y la naturaleza humana. Por esto, identifica a la espiritualidad con el objeto de estudio y praxis de la Educación Religiosa Escolar para el contexto colombiano y manifiesta una apertura de la ERE que supera las fronteras de los sistemas religiosos.
  • Decreto 1278

    Decreto 1278
    Notificaba que la única entidad autorizada por el gobierno para dictaminar la idoneidad docente era la Universidad (art. 3, 21), y por otra parte prohibía cualquier tipo de proselitismo religioso (art. 42, b), dos artículos que comienzan a generar ruido respecto a las normativas predecesoras acerca de la religión en la escuela y la certificación de idoneidad de las organizaciones religiosas.
  • Directiva Ministerial 002 de 2004

    Directiva Ministerial 002 de 2004
    Valida una ERE confesional según los convenios
    Iglesia-Estado; resalta que lo mismo acontece en el Decreto 354 con las confesiones cristianas no católicas, subraya de nuevo que la idoneidad debe darse en las iglesias, afirma que la ERE no es para proselitismo religioso y, que los lineamientos de planes de estudios y evaluación son tarea de cada sistema religioso. Es por ello que la Conferencia Episcopal Colombiana publica los Lineamientos y Estándares Curriculares versión 2004.
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  • Decreto 4500

    Decreto 4500
    La ERE es para todos los establecimientos educativos formales (art.1-2), el contenido es la dimensión trascendente del ser humano (art.3), será condición de promoción (art. 4), prima la libertad religiosa sobre la ERE, la Pastoral Educativa (optativa) (art.5), los docentes deben acreditar su especialidad y certificado de idoneidad de un sistema religioso;(arts.6-7). Los padres de familia deben supervisar todo el proceso (art.8); el art. 9 confirma la vigencia a partir de la fecha de publicación.
  • Conferencia General de Aparecida

    Conferencia General de Aparecida
    Propone un proceso educativo-formativo en la fe desde el encuentro con Jesucristo para transformar a la persona en verdaderos discípulos y misioneros de Jesús. Una educación que
    acompañe y se haga presente en cada etapa y periodo de la vida de la persona, haciéndola capaz de ser protagonista de la construcción para la paz, el bien común, la solidaridad y el servicio. recordando las palabras de Jesús: "yo estaré con ustedes todos los días hasta el fin de los tiempos". (Mateo 28,20)”.
  • Decreto 1075

    Decreto 1075
    Sección cuatro, artículos 2.3.3.4.4.1.-2.3.3.4.4.8. En este decreto se transcribe literalmente su información de tal forma que se presupone como la reglamentación oficial en lo que concierne a la Educación Religiosa Escolar en la actualidad.
  • Proyecto Educativo Pastoral la Escuela Católica de América

    Proyecto Educativo Pastoral la Escuela Católica de América
    Se plantea la tarea de proponer una Escuela Católica que responda a los retos de la sociedad del conocimiento actual a partir de un currículo evangelizador.
  • Confederación Interamericana de Educación CatólicA (CIEC)

    Confederación Interamericana de Educación CatólicA (CIEC)
    Afirma que “la Educación Religiosa Escolar ayuda a suscitar, cultivar, y desarrollar la dimensión religiosa de la persona humana, como ser abierto a la trascendencia, y a asumir una actitud madura frente a la opción religiosa” (p. 82). Este aspecto señala claramente que el centro no es el adoctrinamiento religioso desde una postura de mantenimiento, sino una búsqueda por espacios de reflexión acerca del sentido de la propia existencia y las motivaciones de los estudiantes para vivir.
  • Resolución 18583

    Resolución 18583
    Declara como programas idóneos para la ERE las licenciaturas en Educación Religiosa y la de Teología, que son así las únicas denominaciones cuyos egresados podrán desempeñarse en la enseñanza de la ERE en los colegios públicos.
  • Resolución 0889

    Resolución 0889
    Presenta los lineamientos para construir la política pública de la libertad religiosa en Colombia, señala la pertinencia de trabajar el tema educativo como lugar de reflexión respecto al pluralismo religioso.
  • Actualización de Estándares Curriculares

    Actualización de Estándares Curriculares
    Toma como base la introducción de la versión anterior respecto a la fundamentación de la ERE, algunos aspectos legales leídos desde el magisterio, el perfil docente, la presentación de la estructura del documento, y amplía su preámbulo predicando la necesidad de abrir la comprensión de la Educación Religiosa Escolar a un grado de pluralismo religioso mayor.