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Castillo
Castillo (1930:33) expresa: “la libertad, como la verdad, son colectivas. Individualmente, al margen de la sociedad, simplemente no existen. Ni pueden existir”. -
Organización de las Naciones Unidas
A partir de la fundación de la Organización de las Naciones Unidas
(1945), se han ido formando muchos organismos intergubernamentales
y organizaciones no gubernamentales -en redes nacionales e
internacionales- que promueven o estimulan los DH y velan por su
respeto. -
Centro Fray Francisco de Vitoria
Un conjunto de facultades e instituciones que en cada momento
histórico concretan las exigencias de la libertad y la igualdad
humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los
ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional” ( Centro
Fray Francisco de Vitoria, 1985: 6). -
Morillas
“No son absolutos, tiene una finalidad y una función social,
los derechos son correlativos de los deberes y están
limitados por las justas exigencias del bien común y de los
derechos de los demás ya que todo derecho termina donde
empieza el derecho de los demás [Morillas, 1985: 10].” -
Ray y Bernstein
Si un derecho “es un privilegio u oportunidad asignado a un
individuo simplemente por el hecho de ser miembro del grupo al que se aplican los derechos” (Ray y Bernstein, 1987:5), al calificar a un conjunto de ellos como “humanos” se asignan a todos los individuos de la sociedad humana. -
Nikken
“La noción
de derechos humanos envuelve el reconocimiento de que al ser
humano le corresponde vivir y desenvolverse dentro de las
condiciones políticas, sociales y culturales acordes con la
dignidad que le es inherente” (Nikken, 1987:181). -
De la Torre
Constituyen de modo fundamental al ser humano porque representan “las aspiraciones y las concretizaciones de justicia” (De la Torre, 1988: 13). -
García Ramírez
García Ramírez (1988: 26), con su notable abolengo y su contexto liberal, rompieron la costumbre de los viejos elencos declarativos (estamentos, privilegios de ciudad, fueros) y “aportaron una novedad luminosa: el régimen ‘fundado sobre la proclamación de la libertad innata del ser humano, y constituido por una organización jurídica cuya base son los derechos fundamentales de la persona individual’”. -
Oestreich y Sommermann
Al subrayar el carácter natural de los DH, Oestreich y Sommermann (1990:25) afirman que “son derechos innatos, inalienables, que pertenecen a todo ser humano en cuanto tal, independiente de su
reconocimiento por el Estado”. -
Bustamante y González
Bustamante y González (1992: 47ss), “el primero de los
derechos es el derecho a la vida”