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Artículo 42.
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. -
Instituciones
las instituciones del Derecho de Familia que la familia en sentido restringido, es por eso que algunos autores consideran que la familia nuclear o pequeña familia tiene mayor importancia social que jurídica, al respecto creemos que todo orden de relaciones familiares tiene relevancia jurídica y debe ser reconocida por el derecho. -
Estado Social
Estado Social de Derecho que garantiza y vela
por los derechos humanos de las personas, por la dignidad y la autonomía de los sujetos -
Ciencia
la ciencia del Derecho es trascendental el concepto jurídico de familia, pero creemos que antes es necesario conceptualizarla en su aspecto biológico y social, ya que aquellos inciden directamente en el campo jurídico. -
Derechos Humanos
la complejidad de la familia reside en la
coexistencia de los proyectos o trayectorias individuales de sus integrantes en convivencia con el proyecto común de la familia -
Familia
En la actualidad, las familias asisten al tránsito del modelo
tradicional patriarcal a la consolidación de modelos de familia fundados en el paradigma de los derechos humanos -
Políticas Publicas
la Política Pública para las Familias y para el observatorio
es la articulación entre la titularidad de los derechos de la familia y la titularidad de los derechos de sus integrantes. -
Reconocimiento
El reconocimiento por parte del Estado a los vínculos y relaciones familiares ha conducido a establecer el concepto jurídico de familia tanto a nivel doctrinario como legislativo. -
Derechos
La familia es fuente de derechos y obligaciones recíprocos, no podríamos considerar como tal a una persona sola que carece de hijos, cónyuge, pareja u otro tipo de parientes o personas relacionadas. -
Derechos y Deberes
los hijos con sus padres y otras relaciones familiares, que dé obligatoriedad a estas relaciones, que haga surgir derechos y deberes, el Estado entonces para lograr el desenvolvimiento de la familia, reconoce a través de la ley los vínculos y relaciones familiares biológicas y sociales, dándoles relevancia jurídica.