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476
Código de Eurico
Solo se conoce parcialmente
Algunas autores cree que puede ser obra de Teodosio II y no de Eurico
Nace ante los problemas por el reparto de tierras, acudiendo asi al Derecho romano para conceptuar la propiedad territorial privada
Contiene materiales civiles, penales y procesales
Es un derecho especial, no esta pensado para situaciones generales, por lo tanto no es un ordenamiento completo
Dio respuesta a los problemas concretos no contemplados en la legislación romana
Influye Liber Iudiciorum -
Period: 476 to 654
Derecho Visigodo
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503
Edicto de Teodorico (leyes teodoricianas)
Contiene disposiciones del derecho romano postclásico, principalmente de los códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano
Consta de 154 artículos de materias diversas
Obra de Teodorico, primer legislador que conocemos, pero otros autores, creen que es obra de Teodorico ii
Su importancia radica en su gran difusión, que contribuyo a que el derecho romano fuese conocido por los barbaros. -
506
Brevario de Alarico
Redactado por juristas y nobles
Conocido también como Lex Romana Visigothorum
Ley establecida por Alarico II
El objetivo del código era dar a conocer el Derecho a toda la población
Recoge y actualiza el derecho romano
Las fuentes de este código son: códice Teodosiano, el Resumen de Gayo, Sentencias de Paulo, libro de respuestas de Papiano, Códices Gregoriano y Hermogeniano.
Contenía un Commonitorium (advertencia), que establecia que este era el único texto jurídico aplicable en los tribunales. -
572
Código de Leovigildo (Codex Revisus)
Sólo se conserva indirectamente una parte, a través de las antiquae del Liber Iudiciorum y del Edictum Rotarii.
Revisión del Código de Eurico a cargo de Leovigildo (San Isidoro), mejorando leyes insuficientes, incorporando otras para colmar lagunas y suprimiendo las supérfluas.
Se propone fundir godos y romanos, recogiendo el derecho germánico contenido en el Breviario y romanizándolo, prescindiendo del Derecho romano contenido en la obra de Alarico.
Aplicación personal o territorial. -
654
Liber Iudiciorum
En su redacción participó el Aula Regia y fue revisado por el VIII Concilio de Toledo.
Se aplicó tanto a godos como a hispanorromanos.
Consta de 12 libros de contenido sistemático, añadiendo al Codex Revisus todas las leyes decretadas por monarcas posteriores. Las leyes del Liber Iudiciorum se clasifican en:
Leyes antiguas.
Leyes antiguas enmendadas.
Leyes en que consta el nombre del monarca que las promulgó.
Regula Derecho privado, penal y procesal.