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Declaración Universal de Derechos Humanos
Art. 25. “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar"(p.7)
"La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social” (p.7). -
Pacto de los Derechos Civiles y Políticos
Art. 24. “Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado” (p.106). -
Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Art. 10 num 3. “Se deben adoptar medidas especiales de protección y asistencia en favor de todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna por razón de filiación o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños y adolescentes contra la explotación económica y social. Su empleo en trabajos nocivos para su moral y salud, o en los cuales peligre su vida o se corra el riesgo de perjudicar su desarrollo normal, será sancionado por la ley....” (p.4). -
Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas, definidos como personas menores de 18 años. La Convención establece en forma de ley internacional que los Estados Partes deben asegurar que todos los niños y niñas —sin ningún tipo de discriminación— se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; tengan acceso a servicios como la educación y la atención de la salud. -
Constitución Política de Colombia
La carta magna, es el punto de inicio de toda la legislación y jurisprudencia que amparan los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En la tabla uno se relacionan los artículos en los cuales se hace referencia a los derechos fundamentales y las garantías constitucionales. -
Convención Americana de Derechos Humanos
Art. 19. “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado” (p.8). -
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
Art. 7. “En todas las actividades relacionadas con los niños y las niñas con discapacidad, una consideración primordial será la protección del interés superior del niño.” (p.8).
“Los Estados Partes garantizarán que los niños y las niñas con discapacidad tengan derecho a expresar su opinión libremente sobre todas las cuestiones que les afecten, opinión que recibirá la debida consideración teniendo en cuenta su edad y madurez, en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas(...)”(p.9). -
Código de la Infancia y la Adolescencia
Tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna. (p.57) -
La Ley 1257 de 2008
Establece medidas específicas en el ámbito laboral, familiar y de la salud. De acuerdo con esto, una visión integral de la violencia contra las mujeres y las niñas, debe incluir un análisis de factores educativos, económicos, culturales, políticos y de salud.