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Constitución de Cadiz
Dicha constitución no contenía un apartado especial que reconociera los derechos humanos, sin embargo, varios de ellos como la igualdad, la libertad, la seguridad jurídica, la propiedad, algunos derechos políticos y otros en materia educativa, podían ser identificados de manera dispersa a lo largo del texto. -
Constitución de 1814
Conicida como Constitución de Apatzingan, titulada oficialmente como Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana. Documento fue inspirado en los “Sentimientos de la Nación” de José María Morelos y Pavón, recoge además los principios de la Constitución de Cádiz y del modelo liberal-democrático de la Constitución Francesa, y reconoce los derechos laborales además de los derechos humanos mencionados en Cadiz -
Constitución de 1824
Esta Carta Magna establecía una forma de gobierno republicana, representativa y popular y dividía el poder en: ejecutivo, legislativo y judicial. Señalaba, además, a la religión católica como única y oficial. Esta constitución dividió por primera vez al país en 19 estados y cinco territorios. -
Las 7 leyes constitucionales de 1836
Las Siete Leyes establecían entre otras cosas que se otorgaría la ciudadanía sólo a aquellos individuos que supieran leer y tuvieran un ingreso anual mínimo de 100 pesos, excepto para los trabajadores domésticos, que no tenían derecho a voto. Desapareció la república federal y se dio paso al triunfo del conservadurismo, creando: el Supremo Poder Conservador. -
Constitución de 1843
Nueva Constitución conocida como las Bases Orgánicas proclamándola en junio de 1843 y creando la SEGUNDA República Centralista, estará vigente hasta 1846. Santa Anna gobernó antes y después de ella. Norma fue de corte centralista; estuvo en vigor sólo tres años y suprimió el supremo poder conservador; en ella se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta -
Acta Constitutiva y de Reforma de 1847
Durante la intervención norteamericana se declaró la vigencia nuevamente de la constitución de 1824 de carácter federalista y se le adiciona el acta constitutiva y de reformas del 21 de mayo de 1847 formulada por Mariano Otero. La trascendencia de ello fue la implementación a nivel federal del juicio de amparo como un control de garantía de los derechos humanos. -
Constitución de 1857
Es de corte liberal y federal; su capítulo primero, reconocía los derechos a la libertad de expresión, asociación y portación de armas; reafirmaba la abolición de la esclavitud y eliminaba la prisión por deudas civiles, las formas crueles de castigo y la pena de muerte; prohibió los títulos de nobleza y se establecieron los principios de legalidad e irretroactividad; aún no se trataron los temas referentes a los derechos de la mujer y la libertad de creencias. -
Leyes de Reforma 1859-1860
Es un conjunto de leyes expedidas entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez. Su propósito principal fue separar la Iglesia y el Estado; donde la Iglesia no debería tomar parte en los asuntos del Estado. -
Constitución de 1917
El Estado es republicano, representativo, democrático y federal; dejó intocados los principios básicos de la constitución de 1857 como la soberanía popular, la división de poderes y los derechos individuales, agregándose un catálogo de derechos sociales que la colocaron como pionera de la materia a nivel mundial al reconocer derechos a los campesinos, los trabajadores y en materia de educación. Ha sido objeto de diversas reformas en materia de amparo y derechos humanos.