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Constitución de 1824
Fue un documento de carácter jurídico y político que tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país. Fue proclamada en el año de 1824 y estuvo conformada por siete títulos y 171 artículos. -
Las siete leyes Constitucionales de 1836
Las 7 Leyes son redactadas por el Congreso en los años de 1835 y 1836. La cual adoptaba una nueva forma de gobierno Centralista para la República Mexicana. El presidente constitucional en ese entonces era Antonio López de Santa Anna y como interino José Justo Corro. -
Constitución de 1843
El 12 de junio de 1843, la nueva Constitución fue sancionada por Santa Anna, quien con esta maniobra, según Emilio Rabasa (La Constitución y la Dictadura), se ganó al clero por medio de la intolerancia, el fuero y los privilegios; se aseguró a la casta militar también por los privilegios y los fueros, y obtuvo para el partido conservador, “un poder omnímodo brutalmente autorizado en la ley primera de la Nación”. -
Constitución de 1857
La nueva constitución le dio al país una estructura de república representativa, democrática (a diferencia de la de 1824) y federal, formada por estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, con un gobierno dividido en tres poderes con un Legislativo unicameral.
la Constitución de 1857 fue la primera que incluyó un capítulo especial de garantías individuales o derechos del hombre, y un sistema jurídico de protección de dichas garantías o derechos. -
Leyes de reforma 1859-1860
La Guerra de Reforma (1858-1861) sería interrumpida por la intervención francesa (1862-1867) que terminaría con el fusilamiento de Maximiliano y el restablecimiento del orden constitucional con la entrada de Juárez a la Ciudad de México, en 1867. -
Constitución de 1917
Fue promulgada el 5 de febrero del mismo año y marcó el fin del conflicto armado conocido como Revolución Mexicana. Algunos de los principales aportes de este documento fueron: limitar el periodo presidencial a 4 años –que después cambió a 6–, la no reelección, jornadas laborales con un límite de 8 horas y el derecho a la libertad de expresión.