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1325
Época Precolonial
Durante esta época, resalta el Imperio Azteca en donde las contribuciones y su recaudación se encontraba a cargo de los "calpixquis", quienes llevaban un registro pormenorizado de los tributos. Además, se aceptaba su pago tanto en especie como en servicios. Por su parte, los códices aztecas denominados "tequiámatl" eran los papeles o registros de los tributos pagados al rey de Azcapotzalco por lo Aztecas. -
1492
Época Colonial
En esta época, se conservó el sistema previamente establecido pero intercambiando los tributos, de flores y animales a piedras y joyas. Posteriormente, ser instituyó la Real Hacienda, administrada por un tesorero que tenía a su cargo el cobro, registro, inspección y judicialización de las contribuciones. Una vez que se combinaron los sistemas aztecas y español, se incluyeron algunos elementos como las alcabalas y el papel sellado, así como tributos pertenecientes a la iglesia. -
México Independiente
En esta etapa, se organiza la Hacienda Pública que propició la segregación de los recursos para su recaudación y aplicación, todo gracias a la división política y territorial generada por la guerra. Uno de los principales ideales perseguidos durante esta época consistía en que el tributo debería ser aplicado en forma congruente y no agobiante. Para 1833, Antonio López de Santa Ana promulga el decreto con el que finiquitó el pago obligatorio del diezmo eclesiástico. -
Etapa Revolucionaria
En esta última etapa, se implementaron diversas contribuciones partiendo del fundamento establecido en la Constitución de 1917, en los servicios y productos más utilizados de la época como el ferrocarril, el petróleo, la energía eléctrica, el teléfono, el timbre, etc. Cabe resaltar que, una vez conformada la Constitución, se establecieron obligaciones y derechos para los ciudadanos mexicanos que anteriormente no se reconocían.