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Antecedentes del Arbitraje

  • 100 BCE

    El Arbitraje en Roma

    El Arbitraje en Roma
    En el derecho romano inicialmente era el ''pater familias'' el
    que trataba de conciliar a las partes, posteriormente, se asignó un árbitro ante el que se planteaban de forma voluntaria las discrepancias o enfrentamientos, este se encargaría de resolver la controversia existente entre ellos en virtud de una decisión que tenía que ser obedecida por los litigantes.
    La Ley de las XII Tablas reglamenta el procedimiento.
  • 1265

    El arbitraje en la Edad Media:

    El arbitraje en la Edad Media:
    Debido al auge del comercio y a la existencia de
    las asociaciones gremiales, el arbitraje fue la forma de
    resolución de controversias más utilizada en la Edad Media.
    En España el Breviario de Alarico (considerado el primer libro jurídico hispánico) considera el arbitraje como una institución de carácter jurídico privado.
    La ley de las siete partidas consolidó la función judicial del arbitraje, mantiene la eficacia del laudo e hizo la división entre árbitros avenidores y árbitros arbitradores
  • El arbitraje en Inglaterra

    En Inglaterra el arbitraje interno tuvo como
    primer antecedente una ley sobre arbitraje que
    el parlamento inglés aprobó en 1698
  • Period: to

    El arbitraje a partir del siglo XVIII

    En Francia, disposiciones legales lo hicieron obligatorio en infinidad de materias. El artículo 1º del decreto del 16-24 de agosto de 1790 que se refiere al arbitraje fue elevado a rango constitucional en la Constitución de 1791 por la Asamblea Nacional. El Código de procedimiento civil de 1806 incluyó un título dedicado al arbitraje que permanecería hasta su modificación en 1980 y 1981.
    En España La constitución de Cádiz de 1812 en su artículo
    280 le dio rango constitucional al arbitraje
  • El arbitraje en los Estados Unidos

    El arbitraje en los Estados Unidos fue visto con escepticismo y hostilidad hasta la promulgación del New York Arbitration Act de
    1920 seguido por el United States Arbitration Act (conocido
    como Federal Arbitration Act) de 1925 le dieron carácter vinculante y validez al pacto arbitral, lo cual consolidó el arbitraje interno en
    los Estados Unidos.
  • La Convención de Nueva York de 1958

    Esta convención con antecedente en el Convenio
    de Ginebra de 1923 y el Convenio de Ginebra
    de 1927, tuvo como finalidad discutir un convenio
    internacional que facilitara la ejecución de las
    sentencias proferidas en procedimientos arbitrales internacionales.
    Esta convención se constituye hoy en día
    en un medio efectivo para el reconocimiento de
    las sentencias arbitrales extranjeras en los países parte de la misma al haber sido ratificada por más de 130 estados
  • El arbitraje internacional regional en Europa y Suramérica

    Convenio europeo sobre arbitraje comercial
    internacional:
    También conocido como la Convención de Ginebra fue firmado el 21 de Abril de 1961, entró
    en vigencia a partir del 07 de Enero de 1964
    y fue complementado por un “Arreglo relativo
    a la Aplicación del Convenio Europeo sobre
    Arbitraje Comercial Internacional” el 17 de
    Diciembre de 1962.
  • La Convención de Washington de 1965

    El Convenio de Washington, celebrado el 18 de
    marzo de 1965 dio lugar a la creación del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones CIADI.
    Hoy en día 134 países
    son miembros de la Convención. El convenio tendrá por finalidad facilitar la sumisión de las diferencias relativas a
    inversiones entre Estados Contratantes y nacionales de otros Estados Contratantes a un procedimiento de conciliación y arbitraje de acuerdo con las disposiciones del convenio
  • La ley modelo de arbitraje de la CNUDMI

    La CNUDMI, creada en 1966 ha elaborado textos en materia de arbitraje internacional, como el reglamento de arbitraje de 1976, el reglamento de arbitraje de 1982, la ley modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional de 1985, las recomendaciones para ayudar a las instituciones arbitrales y otros organismos interesados en relación con los arbitrajes sometidos al reglamento de arbitraje de la CNUDMI y las notas de la CNUDMI sobre la organización del
    proceso arbitral de 1996.
  • El arbitraje en Latinoamérica

    Según la doctrina generalizada los estados latinoamericanos han tenido históricamente dos
    posiciones frente al arbitraje internacional: un periodo de rechazo (antes del año 1980) y un periodo de adopción (a partir de la década de los años 80)
  • El arbitraje internacional en la época contemporánea

    En la época contemporánea el arbitraje adquiere
    un gran desarrollo, especialmente en el campo
    internacional.
    Igualmente surgirían organizaciones internacionales
    de carácter privado y público preocupadas por
    promover la unión y las relaciones pacíficas
    entre las naciones.
    La influencia de todas estas organizaciones ha
    permitido que figuras que tienen vocación internacional como el arbitraje, hayan encontrado fuente para la armonización y unificación de sus reglas.
  • El Arbitraje en la Organización Mundial de Comercio

    La OMC nació como el organismo encargado de administrar el sistema multilateral de comercio de mercaderías y servicios establecido desde 1948 con la firma del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio,
    El arbitraje en la OMC se encuentra regulado
    en el artículo 25 del Anexo 2 del acuerdo de
    Creación de la Organización, que hace expresa
    remisión mutatis mutandis a los artículos 21 y
    22 de la misma norma.
  • El Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial para la Protección de la Propiedad Intelectual (OMPI)

    El Centro de Arbitraje y Mediación de la
    OMPI, nace como una dependencia administrativa, pero independiente de la Oficina Principal. Fue propuesto por el entonces Director General Arpad Bogsch, como mecanismo idóneo para la solución de las controversias propias del
    objeto de la organización y/o derivadas de la
    aplicación del Acuerdo sobre los derechos de
    Propiedad Intelectual Vinculados al Comercio
    (ADPIC o TRIPS), mediante decisión mayoritaria de la asamblea en 1994.