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BERNA, principio revolucionario
Patrimonio Natural: Es propiedad de toda la humanidad y no sólo del país en cuyo territorio está enclavado. -
Argentina
Se comenzó a proteger la existencia de los yacimientos arqueológicos y paleontológicos al considerarlos propiedad de la Nación -
Period: to
Acontecimientos de la Legislación Patrimonial
Principales acontecimientos en la legislación patrimonial -
Atenas
Debate sobre el patrimonio cultural de la humanidad. Esfuerzos interrumpidos por la Segunda Guerra Mundial. -
Argentina, Comisión de Museos, Monumentos y Sitios Históricos
La Comisión Nacional de Monumentos tiene su origen en el año 1938, cuando se promulgó el decreto del día 28 de abril, mediante el cual se creó la entonces denominada Comisión Nacional de Museos y Lugares Históricos con el fin de unificar la administración y el control del variado y rico patrimonio histórico-cultural de la Nación Argentina. -
UNESCO , creación
37 países suscribieron la Carta fundacional de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Preservación de la paz, comprensión entre todos los seres humanos, tareas más urgentes de ese momento. En el marco de las Naciones Unidas, los Estados Miembros decidieron crear la UNESCO, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. -
La Haya, Países Bajos
Convención Protección de bienes culturales en caso de conflicto bélico. Primer instrumento jurídico internacional destinado exclusivamente a la protección del patrimonio cultural.
Se firma la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado. -
Roma
Convención sobre Medios para Prohibir y Prevenir la Importación, Exportación y Transferencia Ilícita de Bienes Culturales -
Paris, Convención para la Protección del Patrimonio Natural y Cultural
Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural establece que ciertos lugares de la Tierra con un “valor universal excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad. -
Roma, UNIDROIT
Sobre contratos comerciales internacionales. Desde la primera edición los Principios fueron acogidos muy favorablemente por la doctrina, que ha dedicado gran atención a su estudio, y se ven como una buena solución en la práctica comercial internacional . Su aplicación práctica ha sido también importante como se refleja en el número de decisiones arbitrales y judiciales que los ha tenido en cuenta para la resolución de conflictos. -
Paris,Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático
Tratado internacional especialmente dedicado a la protección del Patrimonio Cultural Subacuático: sistema de cooperación pormenorizado, a fin de que los Estados puedan llevar a cabo esa protección y
prevé normas prácticas comúnmente reconocidas para el tratamiento e investigación del Patrimonio Cultural Subacuático.
La Convención consta del texto principal, y del anexo, que establece “Las Normas relativas a las Actividades dirigidas al Patrimonio Cultural Subacuático”. -
Paris,Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial
La presente Convención tiene las siguientes finalidades:
a) la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial;
b) el respeto del patrimonio cultural inmaterial de las comunidades, grupos e individuos de que se trate;
c) la sensibilización en el plano local, nacional e internacional a la importancia del patrimonio
cultural inmaterial y de su reconocimiento recíproco;
d) la cooperación y asistencia internacionales. -
Paris, Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales
Establecen cuatro principios rectores:
Gobernanza Cultural,creación, producción, distribución, acceso a bienes/ servicios culturales, informados, transparentes participativos.
Intercambios y Movilidad, flujo equilibrado que impulsan la movilidad de artistas, profesionales de la cultura en todo el mundo Desarrollo Sostenible como un factor estratégico.
Derechos Humanos; libertades fundamentales promueven la libertad artística y los derechos sociales y económicos de los artistas.