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Audiencia
La administración y la aplicación de las leyes mercantiles estaban a cargo de las audiencias. La primera en nuestro territorio fue la de Buenos Aires con objeto de proteger el territorio del Rio de la Plata. -
Leyes de Indias
Hasta esta fecha se aplicaban normas creadas especialmente para las colonias americanas. La administración y la aplicación de las leyes mercantiles estaban a cargo de las Audiencias, las cuales tenían el poder del rey. -
Creación del Consulado de Buenos Aires
Tenia una doble función: judicial y administrativa. Se ocupaba de los juicios mercantiles y de lo problemas de policía del comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables. Estaba conformado por un prior, dos cónsules, nueve consiliarios, un sindico, un secretario, un contador y un tesorero. -
Creación de la matricula para comerciantes nacionales
Creada por la Asamblea del año 1813. Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
Creación de la bolsa mercantil
Funciono por breve lapso y se dicto la ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Se dictan tres decretos
Por inspiración de Rivadavia se dictaron los decretos sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
Se suprimen los concursos de acreedores
Por decreto de Rosas. Esto de derogado en 1858 -
Sanción del código de comercio
Vigente hasta el 2015. Podían encontrase en este código numerosas disposiciones correspondientes al derecho común. -
Sanción del Código Civil
Plantea la necesidad de reformar el Código de Comercio. -
Primera gran reforma del Código de Comercio
Principales modificaciones: 1-El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos. 2-Se suprimió el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir la calidad de comerciantes. 3-Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transportes, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras. 4-Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda quitando el material que se consideraba civil. -
Sanción del Decreto-Ley 5965/63
Incorpora un nuevo redimen sobre letras de cambios y pagares. -
Sanción de la Ley 17.418
Incorpora un nuevo regimen de seguros. -
Se sanciona de la Ley 19.550
Incorpora un nuevo regimen sobre sociedades. -
Se sancionan las Leyes 20.094 y 20.266
Incorpora un nuevo regimen para la navegación.
Incorpora un nuevo regimen para los martileros. -
Se sancionan las Leyes 24.452 y 24.522
Incorpora un nuevo regimen de cheques.
Incorpora un nuevo regimen de concursos y quiebras. -
Se sanciona la Ley 26.579
Entre otras cosas modifica la edad para adquirir la mayoría de edad pasando de 21 a 18. -
Entra en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Republica Argentina
El código de comercio fue derogado y pasa a regir este nuevo código. Es el que se encuentra vigente en la actualidad. Este código considera a las "personas" en forma unificada y las clasifica como "personas humanas" o como "personas jurídicas", si diferencias entre sujetos "comerciales" y "civiles". También desaparece la diferencia entre contratos civiles y comerciales. No existe mas la sociedad civil ni tampoco la sociedad comercial. Existe un registro publico a secas.