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1 CE
Publicación (Art. 2)
Publicar un aviso en boletin oficial o periodicos locales detallando:
- La Clase y Ubicación del Negocio.
- El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
- El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen. -
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Entrega (Art. 3) / Oposiciones (Art. 4)
Se deberá entregar una nota firmada que contenga, al menos, la siguiente información:
- Detalle de los créditos adeudados.
- Nombre y domicilio de los acreedores.
- Monto de los créditos adeudados.
- Fechas de vencimiento (si las hay).
-Los acreedores deberán luego de 10 días de publicación, notificar su oposición a la operación de transferencia.
- El comprador, se encontrará obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y a depositar dicho monto en cuenta judicial. -
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Otorgamiento (Art. 4) / Embargo (Art. 5)
- El documento solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada.
- Dicho documento deberá: *Extenderse por escrito. *Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.
- El acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial.
- De lo contrario, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.