NORMATIVIDAD EN SALUD

By rxvhekz
  • LEY 100 DE 1993

    LEY 100 DE 1993
    Creación del sistema social integral, en donde se garantiza los derechos de la persona y la comunidad para tener una calidad de vida acorde con la dignidad humana, se busca una óptima prevención y promoción de la salud teniendo como directriz al POS.
  • CONTINUACIÓN LEY 100

    Cuenta con 4 libros, los cuales son: Sistema general de pensiones, sistema general de seguridad social en salud, sistema general de riesgos profesionales y servicios sociales complementarios. Aquí se divide a la población en régimen contributivo y subsidiado.
  • LEY 1122 DEL 2007

    LEY 1122 DEL 2007
    En la cual se definen, revisan y modifican las condiciones de salud pública de los usuarios, además de determinar el 12.5% del SBC como monto de pago por parte del régimen contributivo del cual 1.5% se destinará al FOSYGA.
  • CRES

    Se crea el CRES como asesor y consultor del ministerio de protección social y la comisión de regulación en salud.
  • REGÍMENES

    Se realiza un aseguramiento a las poblaciones más vulnerables, es decir, el nivel 1 y 2 del SISBÉN, además de excluir a los primeros del pago de la cuota moderadora, pretendiendo la ampliación de los servicios en salud en un 90%
  • ATENCIÓN EN SALUD

    Se obliga a las entidades a implementar programas de PyP, se garantiza la atención inicial de urgencias a toda la población en cualquier IPS del país, se definen mecanismos de fácil acceso y tratamiento oportuno.
  • LEY 1438 DE 2011

    LEY 1438 DE 2011
    Modifica la ley 100 y se crea con el objetivo de reformar y fortalecer el SGSSS a través del modelo de atención primaria en salud, en donde el usuario es el eje central y el núcleo articulador de las políticas en salud.
  • MODIFICACIONES

    Se proponen temas como prevalencia e incidencia en morbimortalidad materna, perinatal e infantil. Establece una atención preferente y diferencial para la infancia y adolescencia, limitación de prohibiciones al acceso y la garantía de la salud a mujeres víctimas de la violencia.
  • OTROS ASPECTOS

    Trata la incidencia de enfermedades de interés en salud pública y enfermedades crónicas no transmisibles, se orienta a la formación del profesional en salud, la reglamentación de los hospitales universitarios y el buen actuar del profesional.
  • LEY ESTATUTARIA 1751 DE 2015

    LEY ESTATUTARIA 1751 DE 2015
    Se da el derecho fundamental a la salud como autónomo e irrenunciable y se establece el sistema de salud como un conjunto articulado dispuesto por el estado para garantizar el derecho a la salud.
  • OBLIGACIONES DEL ESTADO

    Se evita la violación o afectación al derecho a la salud, además de velar por el cumplimiento de sus principios, regular las políticas de financiación de manera sostenible, evitar las inequidades y asegurar la calidad.
  • PRINCIPIOS

    Se garantiza la prestación de servicios y tecnologías, programas de salud, personal competente, el respeto y ética médica, accesibilidad para todos en condiciones de igualdad con atención centrada en el usuario. Esto con el fin de prevenir, tratar o curar la enfermedad.
  • DERECHOS

    Accesibilidad a todos los servicios de salud, comunicación adecuada y clara, trato digno y respetuoso, historia clínica confidencial y reservada, asistencia de calidad, adecuadas condiciones de higiene y seguridad respetando la intimidad.
  • DEBERES

    Velar por el cuidado propio, familiar y comunitario, actuar de manera solidaria frente a una situación de peligro a la vida o la salud, respetar al personal, suministrar la información de forma oportuna y suficiente y actuar de buena fe frente al sistema de salud.
  • PARTICIPACIONES

    Participar en las decisiones del sistema de salud: participación en programas de PyP y participación en la inclusión o exclusión de servicios y tecnologías.
  • RESOLUCIÓN 0429 DE 2016

    RESOLUCIÓN 0429 DE 2016
    Se adopta la política de atención integral en salud (PAIS), considerando y modificando la ley 100 de 1993, la ley 1122 de 2007, la ley 1438 de 2011, la ley 1751 de 2015 y la ley 1753 de 2015 orientando la intervención de los diferentes integrantes hacia la generación de mejores condiciones de la salud de la población.
  • OBJETIVO

    Generación de mejores condiciones de la salud de la población mediante la regulación de la intervención de los integrantes sectoriales responsables de garantizar la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación en condiciones dignas y accesibles.
  • CONSIDERACIONES

    Es fundamentado en el APS con enfoque en salud familiar y comunitaria, el cuidado, gestión ambiental del riesgo y el enfoque diferencial para los distintos territorios y poblaciones a través del modelo integral de atención en salud (MIAS) a través de las diferentes entidades territoriales.
  • COMPONENTES

    Caracterización de la población, regulación de rutas integrales en salud (RIAS), gestión integral de riesgo (GIRS), delimitación territorial del MIAS, redes integrales de prestadores del servicio, redefinición del rol del asegurador y del sistema de incentivos, requerimientos y procesos del sistema, fortalecimiento del recurso humano en salud y fortalecimiento de la investigación.
  • RESOLUCIÓN 3280 DE 2018

    RESOLUCIÓN 3280 DE 2018
    Se adoptan los lineamientos técnicos y operativos y directrices de operación de la RIAS para la promoción y mantenimiento de la salud y la RIAS para la población materno-perinatal.
  • FUNCIÓN

    Enfatiza la ruta materno-perinatal y la ruta de promoción y mantenimiento, enfocando las acciones en torno a la prevención y promoción en salud tomando la APS como punto de partida.
  • METODOLOGÍA

    Dependiendo del ciclo de vida en el cual se encuentre el usuario, se aplicará un tamizaje que determine detalladamente los riesgos a los cuales está expuesto según sus antecedentes familiares, personales o condición de vida para así tomar las acciones pertinentes para prevenir la enfermedad.
  • GENERALIDADES

    Se tiene como pilar fundamental la capacitación al personal de salud, dejando de lado el método de atención anteriormente empleado. Centra las acciones en la comunidad, sin embargo busca instruir al usuario sobre la necesidad del autocuidado y el reconocimiento de riesgos para así trabajar conjuntamente con el personal de salud.
  • RESOLUCIÓN 2626 DE 2019

    RESOLUCIÓN 2626 DE 2019
    Se adopta el modelo de atención territorial (MAITE) reemplazando el modelo de atención integral en salud (MIAS) que a su vez modifica la política de atención integral en salud (PAIS) mejorando así las condiciones de salud de la población.
  • OBJETIVO

    Orienta de forma articulada la gestión de los integrantes del sistema de salud para responder a las necesidades de la población, mejora la experiencia en el proceso de atención, además de mejorar y sostener el sistema de salud.
  • GENERALIDADES

    Se fundamenta en la APS a través de acuerdos interinstitucionales y comunitarios que orientan la forma de la gestión de los integrantes en salud y define las líneas mínimas de atención siguiendo la misma línea que el MIAS.