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Decreto hacia los dominios americanos
Celebración de elecciones para representantes a las Cortes que sesionarían en España.
Se publicó en México en la Gaceta del Gobierno el 18 de mayo de 1810.
Se estableció la elección de un diputado por cada una de las provincias mexicanas, a excepción de Durango, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Sinaloa, Nuevo México y Texas, pues no se encontraban dentro de la jurisdicción del virrey. -
Influencia de la Organización Electoral en México.
El 19 de Marzo es promulgada la Constitución Política de la Monarquía Española, en la que se establecieron los mecanismos para poder celebrar las elecciones, pudiendo elegir a los diputados, siendo éstas de forma directa. Asimismo, se estableció el procedimiento para nombrar a las autoridades electorales. teniendo restricciones como el derecho de voto a varones descendientes de españoles y excluía del voto a los sirvientes, mozos de establo, cocineros, porteros, camareros y mensajeros. -
Organización electoral en el sistema federal mexicano.
Las leyes centralistas establecían los procedimientos electorales y los requisitos necesarios para ejercer el sufragio. Las autoridades electorales estaban encargadas de cumplir funciones de organización y vigilancia de los procesos democráticos.
Las autoridades federales son el IFE, como un organismo público autónomo, el TEPJF siendo la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral. La SCJN como la autoridad con máxima jurisdicción constitucional. Y la FEPADE. -
Organización y Procesos Electorales a partir de la Constitución de 1857
La Constitución establece que las elecciones para presidente de la república, diputados y magistrados de la SCJN debían ser indirectas en primer grado, es decir, ciudadanos votando por un elector quien emite a la vez su voto. Todos los ciudadanos tenían el derecho de votar y ser votados, así como de recibir un sueldo por desempeñar cualquier cargo público. Se daba uso al principio de soberanía del pueblo, dividiendo el país en distritos electorales con 40 mil habitantes. -
La organización de los procesos electorales en el siglo xx.
En 1909, aparece el club central anti-reeleccionista, en 1911 se aprueba la Ley Electoral, donde se reconoce personalidad jurídica a los partidos políticos, y el sufragio de manera directa. El sistema de justicia era administrativo, se instaura el voto secreto, al igual, colegios municipales de sufragio. Se regulan las impugnaciones respecto de la inexactitud de los padrones, los partidos políticos como objeto de regulación legal, la aparición del pluripartidismo y la hegemonía de un partido. -
a organización de las elecciones en las constituciones centralistas
Primera República Centralista en 1936, causa de la independencia de Tejas y la separación de Tamaulipas, Nuevo León y Coahuila como la declaración de independencia de Yucatán.
Existían principios como restricción de participación política, mecanismos selectivos de elección, se sigue con el sistema popular representativo y delimitación de responsabilidades en los procesos.
Surge la Junta de Notables en 1942, también la Segunda República Centralista con Santa Anna, en 1943 crea la Constitución. -
rganismos y Procesos Electorales de 1917 a 1945
Con la Constitución de 1917, se instituye la Junta Empadronadora, las Juntas Computadoras Locales y los Colegios Electorales como organismos encargados de organizar y calificar los procesos para elegir al Presidente de la República y al Congreso de la Unión.
Se establecen los medios de impugnación como el recurso de reclamación, al igual, uno de carácter contencioso judicial en contra de las decisiones del Congreso. -
La modernización y el control de los Procesos Electorales: 1946-1988.
Promulgación de la Ley Federal Electoral y creación de la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, dando reforma para arbitrar el registro de nuevos partidos políticos y emitir constancias de mayoría. Se crea la CFE en 1973, se promulga la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales en el 77; en el 87 se introduce la Representación Proporcional, excluyendo a los ciudadanos y a los partidos políticos de organizar las elecciones, teniendo la facultad solamente el Poder Federal.