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3500 BCE
MESOPOTAMIA
De acuerdo a los antecedentes la primera mediacíon documentada es la de el Rey Mesilim de Kish,quien fungió como juez entre territorios de deidades, donde delimitó fronteras para llegar a un acuerdo mutúo y pacífico. -
3076 BCE
CHINA
De acuerdo a los antecedentes históricos, en los primeros registros históricos se han encontrado registros sobre la mediación en los escritos de las Memorias de Sima, particularmente en la Leyenda primera, de el emperador Shun. -
1600 BCE
ANTIGUA GRECIA
Se crea la figura del Magíster Gentis (Maestro del Pueblo), quien estaba facultado para resolver conflictos entre los habitantes del pueblo el que también podía fungir de la misma forma como una especie de Notario. -
535 BCE
HERÁCLITO Y LA ANTIGUA GRECIA
El filosofó Heráclito, en su pensamiento filosófico plasmó que "la vida era un constante cambio", donde afirmaba que "el conflicto como un impulsor y promotor de cambios y de la misma forma los cambios eran los generadores de conflictos" -
500 BCE
CONFUCIO EN CHINA
En ocasiones fungía como una especie de "mediador" para promover acuerdos, soluciones a controversias y sobre todo se hace mención a su amplio interés a la resolución de conflictos familiares. Plantando bases para su desarrollo en sociedad. -
499 BCE
SURGIMIENTO DE LOS ESTADOS
El surgimiento de los estados derivaron muchas figuras tanto políticas, sociales y culturales. Pero entre las más destacables puedo mencionar la figura del gobernante, (Rey o Emperador) -
495 BCE
CONCILIUM ROMANO
El Concilium romano era una asamblea exclusiva de la plebe, donde las personas se reunían a realizar negocios, resolver controversias, proveer el comercio etc. -
382 BCE
SANTA BIBLIA
La Mediación quedó patentada en la Biblia; pues destaca a Jesús como el encargado de mediar entre Dios y el Hombre. -
1241
FUERO JUZGO - ESPAÑA
En el Fuero Juzgo se encuentra la figura del Pacis adsertor, se les conocía como los ‘’mandadero de paz’’ ya que era enviado por el Rey a visitar a las partes con intención de que las previniera, sugiriéndoles la conciliación ante el Tribunal de los Obispos en la monarquía Visigoda. -
1254
LAS 7 PARTIDAS
Contribuyeron a su aplicación del arbitraje en México e Iberoamérica. Diferencian al arbitro y arbitrador. Además contiene el principio general de la inapelabilidad de la sentencia arbitral. Este evento marca un antes y un después, debido a que es un hecho trascendental para la evolución de el sistema jurídico. -
LEY INGLESA DE ARBITRAJE
El Parlamento Inglés aprobó la primera ley del Arbitraje; que no podía revocar el acuerdo de arbitraje de manera unilateral. -
ORDENANZAS DE BILBAO
En las ordenanzas de Bilbao, se establece la obligatoriedad de la conciliación ante el Prior y los Cónsules, siempre que las partes "pudieran ser habidas". También, contemplaban el arbitraje en su capítulo décimo, ley XVI, “de las Compañías de Comercio”. -
DIVISION DE PODERES EN FRANCIA
Tras la victoria de la Revolución Francesa, la justicia deja de ser administrada por la autoridad absoluta, se genera la división de los poderes en ejecutivo, legislativo y judicial, este hecho toma una gran relevancia social, ya que por primera vez, se dan las bases de una sociedad democrática marcando un antecedente histórico y futuro desarrollo del país. -
CONCILIACIÓN FRANCESA
En Francia, la conciliación fue establecida por la Asamblea Nacional en las leyes del 6 y 24 de agosto de 1790. -
CÓDIGO NAPOLEÓNICO
En el código Napoleónico quedaron establecidas las observaciones del compromiso arbitral; que debería contener: El objeto del litigio; Los nombres de los árbitros; Aplicarse en conflictos presentes. -
CÓDIGO DE COMERCIO FRANCÉS
El Código de Comercio francés lo estableció también pero sólo para conflictos marítimos y futuros. -
CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
Es en la Constitución de Cádiz de 1812, donde tuvo su origen como medida general la Conciliación y alcanza el más alto rango legal, regulándose en el título V, capítulo II. -
REGLAMENTO PROVISIONAL DEL IMPERIO MEXICANO
Dentro del Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano en su artículo 58 se hace mención a la subsistencia de los Consulados, pero ejerciendo tan sólo actividades de conciliación y arbitraje entre los comerciantes. -
CONCILIACIÓN EN ESPAÑA
A partir de la Constitución de 1824 se instituye en España, la Conciliación. -
CONSTITUCIÓN MEXICANA
Se estableció la obligación de acudir al "medio" de la conciliación previamente a iniciar acción civil, o penal por injurias, esto según como establecía en su artículo 155. -
REFORMA CONSTITUCIÓN DE QUINTANA ROO
A partir de 1997 en México se ha dado una nueva etapa en la Justicia Alternativa, en especial en lo referente a la Mediación y la Conciliación. -
REFORMA CONSTITUCIONAL
Los Medios alternos de solución de los conflictos son legislados en México a partir de la reforma que se hace al artículo 17 de la Constitución Mexicana, el 18 de junio de 2008.