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INDEPENDENCIA DE ESPAÑA
Una vez que se logró la independencia de España, todos los juicios mercantiles se rigieron por las Ordenanzas de Bilbao, dejando de lado otros ordenamientos españoles que regulaban de manera más completa los juicios mercantiles. -
CÓDIGO DE COMERCIO ESPAÑOL
El comercio Español de ese año y su complemento El nuevo Código, el cual estaba formado por 1219 artículos, fue decretado, sancionado y promulgado por Fernando VII el 30 de mayo de 1829 con un solo objetivo que era el de dar al comercio un sistema de legislación uniforme, completo y fundado sobre los principios inalterables de la justicia y las reglas seguras de la convivencia del mismo comercio. -
LEY DE ENJUICIAMIENTO
La ley de enjuiciamiento sobre negocios y causas de comercio fue promulgada el 24 de julio de 1830 . -
LAS ORDENANZAS DE BILBAO
Estuvieron vigentes hasta 1854, cuando se expidió el primer código de comercio, siendo presidente del país, Antonio López de Santa Anna y ministro de justicia, D. Teodosio Lares, a quien se le atribuye la paternidad de dicho código, de ahí el calificativo de "Código Lares”. En este ordenamiento jurídico en materia de comercio, el Libro V ya regulaba lo relativo a la administración de justicia en los negocios de comercio, mostrando la influencia de las referidas legislaciones españolas. -
CÓDIGO LARES
Tuvo escasa vigencia, ya que fue derogado por los artículos 12 y 16 de la Ley Juárez de 23 de noviembre de 1855, retomándose la aplicación de las Ordenanzas de Bilbao, hasta que logró cristalizarse el proyecto de un nuevo código de comercio. -
LIBRO VI JUICIOS MERCANTILES
Este código, en su Libro VI, trata de los juicios mercantiles, aunque
en realidad sólo regulaba de manera clara y completa al de quiebra y respecto de los demás juicios mercantiles, hacía remisión casi total a los códigos procesales civiles locales. Nuevamente, dicho código no perduró, ya que el entonces presidente Porfirio Díaz, haciendo uso de la autorización conferida por el Congreso de la Unión, -
LIBRO V DEL CÓDIGO DE COMERCIO 1889
El proceso mercantil en nuestro país está regulado por el libro V del Código de Comercio de 1889, hasta el día de hoy vigente, desde luego con diferentes reformas para llegar a regularse tal cual lo conocemos en la actualidad.
El proceso mercantil regulado en el Código de 1889 permaneció intocado hasta la reforma del 4 de enero de 1989, en la que se intentó regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose el margen de supletoriedad. -
REFORMAS PROCESALES 1994 A 2003
En nuestro derecho procesal mercantil debemos distinguir dos momentos los cuales son el antes y después del decreto del 24 de abril de 2003, publicado en el DOF el 13 de junio del mismo año, en el que sustancialmente cambia el régimen de supletoriedad, de los códigos procesales civiles locales al Código Federal de Procedimientos Civiles como sucedió en la gran reforma procesal del 24 de mayo de 1996, en la que la justificación fue no afectar a los deudores de la banca.