China 11

LINEA DE TIEMPO DEL DERECHO PROCESAL MERCANTIL

  • 476 BCE

    El Derecho Procesal Mercantil

    Nació en Europa, en la Edad Media,en sus orígenes fue un derecho clasista, creado por los tribunales de mercaderes.
  • 476 BCE

    El Derecho Procesal Mercantil

    Cuya jurisdicción se limitaba a los comerciantes
  • El Proceso Mercantil

    Una vez lograda la independencia de España, los juicios mercantiles se rigieron por la Ordenanzas de Bilbao
  • Código de Comercio Español

    Otros ordenamientos españoles que regulaban de manera mas completa a los juicios mercantiles.
  • Ley de Enjuiciamiento

    Sobre negocios y causas de comercio
  • Las Ordenanzas de Bilbao

    Estuvieron vigentes, cuando se expidió el primer Código de Comercio durante la presidencia de Antonio López de Santa Anna
  • Código Lares

    D. Teodosio Lares se le atribuye este código
  • Código Lares

    Este código tuvo escasa vigencia, ya que fue derogado por los artículos 12 y 16 de la Ley de Juárez.
  • Un Nuevo Código de Comercio

    Y se crea un nuevo Código, que trata de los juicios mercantiles, pero solo regulaba de manera clara y completa y hacia caso omiso a procesos civiles locales.
  • Este Nuevo Código de Comercio

    Se aparta totalmente de su Antecesor en la parte procesal, para inspirarse por completo en el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y Territorios Federales
  • ORIGEN DEL PROCESO MERCANTIL EN MEXICO

    El proceso mercantil en nuestro país está regulado por el libro V del Código de Comercio, vigente hasta el día de hoy.
  • Un Nuevo Código de Comercio

    Porfirio Díaz expidió un nuevo Código de Comercio.
  • Giuseppe Chiovenda

    La función del Estado que tiene por fin la actualización de la voluntad concreta de la ley mediante sustitución por la actividad de los órganos públicos.
  • El Código de Comercio de 1889

    Permaneció intocado hasta la reforma
  • El Código de Comercio

    En el art. 1051 regula precisamente el llamado procedimiento convencional, consiste en que las partes tienen la posibilidad de acordar o pactar la forma en la que deberán resolverse los conflictos o litigios existentes, en el órgano jurisdiccional.
  • Artículo 1053 del Código de Comercio

    El negocio materia del proceso, las reglas de procedimiento o forma de sustanciación del juicio, los plazos para la realización de los actos de procesales, los medios de impugnación a los que en su caso renuncien, designación del juez que conocerá del asunto, nombre y domicilio de las partes que se hayan contratado.
  • Supletoriedad en el Proceso Mercantil

    Surge como un problema de integración, es decir que la norma no puede ser aplicada de manera completa por el juzgador, agotados los métodos interpretativos, por la existencia de un vacío, el juez tiene a su alcance otros medios para resolver el litigio
  • El Código de Comercio

    Se intento regular más a detalle los principales actos procesales, reduciéndose el margen de supletoriedad que hasta ese momento seguía en manos de los códigos procesales de cada una de las entidades de la Federación.
  • Procedimiento Convecional

    La SCJN al resolver la contratación de tesis 38/98, hace un análisis a los casos en los que el emplazamiento aunque fuera señalado el domicilio convencional por las partes de un título de crédito resulta ilegal que no se respeten las formalidades.
  • Artículo 1053 del Código de Comercio

    En su fracción IV permite la renuncia de recursos legales lo que conlleva la posibilidad de que las partes renuncien expresamente al recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva.
  • Regulación Inicial y su reforma

    Hay nuevas disposiciones a los juicios en trámite
  • Regulación Inicial y su reforma

    Cambia el régimen de Supletoriedad de los Códigos procesales Civiles locales al Código Federal de Procedimiento Civiles.
  • Regulación Inicial y su reforma

    En la Reforma se excluyen de igual manera, todos los procesos surgidos con motivo de créditos contratados antes de la misma.
  • Reforma al Artículo 1054 del Código de Comercio

    Que incluye nuevamente, "la ley de procedimientos local respectiva".
  • Reforma al Artículo 1054 del Código de Comercio

    Se vuelve a reformar el citado precepto legal con el fin de dejar claro que no "regule sufucientemente la institución cuya supletoriedad se requeira".