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LINEA DE TIEMPO DE SALUD OCUPACIONAL

  • primer antecedente de seguridad social

    primer antecedente de seguridad social
    El primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el congreso de angostura el 15 de febrero de 1819 señalo: El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política. Aporte personal: para mi la felicidad de las personas y la seguridad es lo mas importante y indispensable para que vivamos felices
  • ley 57 de 1919

    ley 57 de 1919
    Tenemos la ley 57 de 1919, conocida como la ley del general Rafael Uribe Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, consagra las presentaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, la 13 clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
  • Se crea el instituto colombiano de seguros sociales

    Se crea el instituto colombiano de seguros sociales
    1946: Se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías y pensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS). Aporte personal: de gran importancia en la seguridad porque prestaban su atención en la a las personas que la necesitaba, colpensiones
  • Se expide el código sustantivo del trabajo

    Se expide el código sustantivo del trabajo
    1950:se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
    Aporte personal: es de mayor importancia porque se le da el descanso necesario a los trabajadores y no los explotan
  • Reglamento del código sanitario nacional

    Reglamento del código sanitario nacional
    1968: reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos., Industrial, RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Características del que cobija a
    Servidores públicos. Reseña histórica / EMPLEADOS PÚBLICOS
    Aporte personal : ayudan a la comunidad internacional a prevenir y afrontar riesgos agudos de salud publica susceptible de atravesar fronteras
  • Comité nacional de salud ocupacional

    Comité nacional de salud ocupacional
    mediante el D 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la adm de la salud ocupacional en el país y su art 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional.
    Aporte personal: me parece muy buena por que le facilitan la participación a los actores de sistema general de riesgos laborales
  • Plan nacional de salud ocupacional

    Plan nacional de salud ocupacional
    Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias.Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
    Aporte personal: prevención de los accidentes y enfermedades en los trabajos, ahora se pueden evitar
  • se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial

    se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
    se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
    Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984
    Aporte personal: es muy importante para que haya mas orden en las empresas
  • Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional

    Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional
    Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
    LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD.
    En uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 del Decreto 614 de 1984
    Aporte personal: es muy importante porque le obligan a los jefes a velar por la salud y seguridad de sus trabajadores, ya que antes poco lo hacían
  • Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional

    Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional
    Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
    LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD.
    En uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 del Decreto 614 de 1984
    Aporte personal : es muy importante porque se le obliga a los jefes a velar por la salud y seguridad de sus trabajadores, ya que antes no lo hacían
  • disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo

    disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo
    Referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE).
    DIRECTIVA DEL CONSEJO de 29 de mayo de 1990 referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva
  • Se reglamenta actividades en materias de salud Ocupacional.

    Se reglamenta actividades en materias de salud  Ocupacional.
    EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo y, CONSIDERANDO:
    Que es de competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la conservación de la salud y el bienestar de los trabajadores.
    Aporte personal: se utilizan muchos métodos para controlar cualquier peligro
  • Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales

    Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de  Riesgos Profesionales
    Son Riesgos Profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional.
    Aporte personal: a partir de esto se han creado plan de prevención para los riesgos profesionales
  • se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional

    se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional
    se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionarles y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias
  • El trabajo con pantalla de visualización

    El trabajo con pantalla de visualización
    En todos los campos de actividad, ya sean industriales, administrativos o de gestión, la lectura e información presentada sobre pantallas ha tenido un desarrollo destacado que se ha ampliado considerablemente por la generalización del empleo del ordenador.
    La visualización y el tratamiento de informaciones sobre pantallas catodicas representan la utilización mayor de este modo de comunicación, utilización permanente o temporal, asociada a otras formas de trabajo.
  • Se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.

    Se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.
    ARTÍCULO 1. DERECHO A LAS PRESTACIONES. Todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales que, en los términos de la presente ley o del Decreto-ley 1295 de 1994, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos se incapacite, se invalide o muera, tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas a los que se refieren el Decreto-ley 1295 de 1994 y la presente ley.
  • La Dirección General de Riesgos Profesionales en uso de sus facultades legales

    La Dirección General de Riesgos Profesionales en uso de sus facultades legales
    La Dirección General de Riesgos Profesionales en uso de sus facultades legales y dentro del ámbito de su competencia, bajo los principios de eficiencia, integridad y unidad; reúne en una sola las diferentes circulares dadas por este despacho durante el desarrollo del Sistema General de Riesgos Profesionales, con el objeto de establecer y determinar la vigencia de las diferentes instrucciones impartidas a las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social.
  • Se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales

    Se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales
    La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agrupaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral; a las administradoras de riesgos profesionales
  • Se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación

    Se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación
    se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional. Aporte personal : esta metodología es muy buena porque ayudan a muchos trabajadores a identificar porque están estresados, estos nos ayuda a mantener unos trabajadores felices en su ambito laboral