LINEA DE TIEMPO DE NUESTRO PAIS

  • CREACION DEL CODIGO DE COMERCIO

    El Estado de Buenos Aires encomendó al jurista Uruguayo Eduardo Acevedo la tarea de proyectar un Código de Comercio. La cual fue cumplido con la colaboración del Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield.
  • APROBACION DEL CODIGO DE COMERCIO

    El proyecto fue aprobado y sancionado e inmediatamente promulgado por el Poder Ejecutivo. Quedando demostrado que la participación de Vélez Sarsfield fue sustancial y no una supervisión del Jurista Uruguayo.
  • VIGENCIA DEL CODIGO DE COMERCIO

    Con el paso del tiempo muchas Provincias adoptaron su Código y el Congreso Nacional lo declaró vigente en toda la Noción.
    La sanción del Código de Comercio Argentino fue anterior al dictado del Código Civil por lo cual se encontraban disposiciones correspondientes al Derecho Común.
  • REFORMA DEL CODIGO DE COMERCIO

    En 1869, se sancionó el Código Civil, en lo que se pidió que se hiciera una reforma en el Código de Comercio con la finalidad de eliminar aspectos referidos al Derecho Común y establecer concordancia y correlaciones de las legislaciones que en algunos puntos se superponían.
  • DICTADO DE LEY DEL CONGRESO NACIONAL

    El Congreso Nacional dictó una Ley disponiendo que el Poder Ejecutivo designara una Comisión de Jurisconsultos, recayendo la elección en los Dres. Sixto Villegas y Vicente Gil Quejada quienes en 1873 recomendaron la suspensión de 378 artículos del texto original.
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    DICTAMEN DE UN NUEVO PROYECTO

    Juárez Celman designó Lisandro Segovia con el objeto de redactar un proyecto, que fue elevado en 1888 a la Cámara de Diputados.
    Los Dres. W. Escalante, Estanislao S. Zeballos, E. Colombres y B. Basualdo quienes propusieron un nuevo proyecto de reforma en 1889 y que entraría en vigencia el 1º de Mayo de 1890.
  • LA PRIMERA REFORMA

    En 1889, el Código de Comerció Argentino estableció el cuerpo legal de 1586 artículos divididos en 4 libros: 1) De las personas del Comerció, 2) De los contratos del Comercio, 3) De los Derechos y Obligaciones que resultan de la Navegación y 4) de las Quiebras.
    Es el Código que rigió por mucho tiempo en nuestro país y dicho Código era uno de los más notables de la América Meridional.
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    REFORMAS POSTERIORES

    Son innumerables las Normas complementarias del Derecho Comercial Argentino que han introducido modificaciones al Código de Comercio.
    Como la Ley 3975, dictada en el año 1900 referida a las marcas de fabricas, comercios y agriculturas.
    En 1923 fue organizada la Inspección de Justicia y en 1926 se dictaron las leyes 11.380 de Sociedades Cooperativas Agrícolas, y la 11.388 de Sociedades Cooperativas.
  • LOS PROYECTOS DE UNIFICACION

    La Cámara de Diputados de la Nación designo una Comisión especial con el objeto de crear un proyecto de Unificación Legislativa Civil y Comercial, presidida por el por el Diputado Osvaldo Comisar.
  • APROBACION DEL PROYECTO DE UNIFICACION

    El proyecto elaborado por el Jurista fue prontamente aprobada por la Cámara de Diputados.
  • APROBACION DEFINITIVA DEL PROYECTO DE UNIFICACION

    El proyecto sufrió una considerable demora en el Senado, el cual encomendó su revisión a una comisión interna, y fue definitivamente aprobado por el Poder Legislativo bajo el numero 24.032.
  • PROYECTO DE UNIFICACION VETADO

    El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 2719 vetó el proyecto impidiendo que fuera convertido en Ley de la Nacion.
  • NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION

    La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner dictó el decreto 191/2011. Mediante el cual creo "La Comisión para la elaboración del proyecto de Ley de reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación".