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Dec 29, 1430
PRISIONES ÉPOCA PREHISPÁNICA (durante señoríos de México-Tenochtitlán, Texcoco y Tlacopan o Tacuba).
Delitos y sanciones que imperaban en la tripe alianza.
Formas de privación de libertad en el "teipilollan", para deudores y reos exentos de la pena capital; el "cauhcalli", para responsables de delitos graves; el "malcalli", para prisioneros de guerra; y el "petlacalli", para reos de faltas leves. -
Period: Dec 29, 1430 to Dec 30, 1521
ÉPOCA PREHISPÁNICA (durante señoríos de México-Tenochtitlán, Texcoco y Tlacopan o Tacuba).
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Dec 29, 1432
CODIFICACIÓN DE CONDUCTAS Y SANCIONES PREHISPÁNICAS (Durante los señoríos de México-Tenochtitlán, Texcoco y Tlacopan o Tacuba).
El pueblo conocía las normas de conducta a través de pinturas jeroglíficas. No había codificación ni sistematización de las mismas. -
Dec 29, 1435
PROCESO DE SANCIONES PREHISPÁNICAS (Durante los señoríos de México-Tenochtitlán, Texcoco y Tlacopan o Tacuba).
Se permitía venganza privada en ciertos supuestos. No siempre intervenía el juez ni se seguía un proceso para imponer sanciones. -
Dec 29, 1437
DURACIÓN DE LA PENA (Durante los señoríos de México-Tenochtitlán, Texcoco y Tlacopan o Tacuba).
La duración y forma de la ejecución de la pena dependían de la clase social del delincuente. -
Dec 29, 1439
SANCIONES PREHISPÁNICAS (Durante los señoríos de México-Tenochtitlán, Texcoco y Tlacopan o Tacuba)
Muerte, esclavitud, privación de la libertad, castigos corporales, destierro, confiscación e, incluso la demolición de la casa del infractor. -
Period: Aug 13, 1521 to
ÉPOCA COLONIAL
La penalidad, es una expiación, una vindicta o una forma de escarmiento.
Tanto las leyes como las penas se determinaban atendiendo la raza. A los conquistadores se les aplicaba las leyes de la península, y a los indígenas y negros las leyes emitidas para la Nueva España. -
Dec 29, 1528
SANCIONES EN LA ÉPOCA DE LA COLONÌA
Las sanciones impuestas podían ser: pena de muerte, horca, prisión, azotes, destierro, trabajos forzados en arsenales o en obras públicas, relegación, proscripción, multa, confiscación, castración de negros cimarrón, trabajo para los indios en los conventos, etcétera.
La sanción era desigual, injusta, arbitraria y cruel.
Se ignoraban las garantías de defensa y de la persona humana. -
LA NOVÍSISMA RECOPILACIÓN DE 1805 Y LAS SIETE PARTIDAS
Ordenamientos aplicados en la Nueva España, las últimas se integraban por una serie ordenamientos sustentados en tradición romano-canónica-germánica y son, el origen de nuestro sistema actual. -
CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN
Bases constitucionales para la promulgación de las futuras leyes penales, como son el principio de legalidad (artículo 21) y los fines de la pena (artículo 23). -
Period: to
ÉPOCA INDEPENDIENTE
Surgen problemas en cuanto a la estructura política: centralismo o federalismo.
México tiene su inicio legislativo en la Constitución de Apatzingán, que ya contemplaba algunos aspectos relacionados con el Derecho Penal en sus artículos 27 a 32, que después permearon en ordenamientos punitivos como la primera legislación del Estado de México, expresada en el Bosquejo General del Código Penal de 1831. -
BOSQUEJO DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO
No llegó a ser expedido. -
CÓDIGO PENAL DE VERACRUZ
Primer ordenamiento penal de nuestra historia, el cual tomó como modelo el Código Penal español de 1822. -
PROYECTO DEL CÓDIGO CRIMINAL Y PENAL DE 1851-1852
Fue elaborado por Antonio Corona, dándolo a conocer en julio de 1853. Dicho proyecto no llegó a tener validez. -
CONSTITUCIÓN DE 1857
Adoptó el sistema federal y se establecieron las bases para la emisión de leyes penales, surgiendo la necesidad de emitir un Código Penal Federal, y se dejó reservada a los estados la facultad para legislar en materia penal para delitos de orden común. -
CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIO DE BAJA CALIFORNIA
Sobre delitos de Fuero Común y para toda la República sobre Delitos contra la Federación.
Conocido como el Código de Martínez de Castro; en él se adoptó la ideología liberal proveniente de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.
En él se reunió sistematizó por primera vez normas penales, dando certeza jurídica a los ciudadanos. -
PROYECTO DE REFORMAS AL CÓDIGO PENAL DE 1871
Nunca se llegaron a procesar. -
CONSTITUCIÓN DE 1917
Creó un catalogo amplio de Derechos del ser humano, conocidos como "garantías".
Se cambió la estructura básica de la Constitución. -
CÓDIGO DE ALMARAZ
Queda clara la concepción del bien jurídico tutelado como sustento del derecho penal, la distinción entre responsabilidad dolosa y culposa, el establecimiento de la responsabilidad individual, el principio de legalidad y los fines preventivos de la pena. -
CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIOS FEDERALES EN MATERIA DE FUERO COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL
Promulgado por el Presidente Pascual Ortiz Rubio -
REFORMA DEL CPF
Tanto la reforma del 1984 y la de 1994 al CPF, trataron de ajustarlo a los parámetros de un Estado social y de Derecho. -
REFORMA AL CÓDIGO PENAL FEDARAL DE 1931
Con la reforma quedó como CPF -
REFORMA AL CPEUM
Establece las bases de un nuevo sistema en materia de seguridad pública y justicia penal. -
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES (CNPP)
Se realizan cambios normativos para ofrecer una interpretación del derecho penal mexicano para su aplicación en el nuevo proceso penal acusatorio.